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El fiscal Héctor Iturrioz confirmó ayer que imputará del delito de «enriquecimiento ilícito» a Gonzalo Carpintero. En la causa «Revelación» y luego de pericias contables y valuaciones de los inmuebles, los fiscales tienen comprobado que el exfuncionario generó esos bienes «de manera espúrea». Carpintero cuenta con un patrimonio superior a los 36 millones de pesos, cifra que no coincide con sus ingresos formales.

El exsecretario privado del gobernador Mario Das Neves, Gonzalo Carpintero, será formalmente imputado la semana próxima del delito de «enriquecimiento ilícito» en la causa «Revelación», una de las tantas por las que se investigan las maniobras irregulares que se llevaron adelante desde la función pública y a través de una asociación ilícita conformada por funcionarios del gobierno de Mario Das Neves, durante su tercer mandato.

La imputación fue confirmada ayer por el fiscal Héctor Iturrioz, quien señaló que desde el Ministerio Público Fiscal finalizaron «las pericias» que se llevaron adelante sobre los bienes y cuentas de Gonzalo Carpintero a quien, en esta investigación, se le detectaron propiedades por un valor que supera los 36 millones de pesos.

«Para nosotros la figura de enriquecimiento ilícito, en la que ya lo habíamos imputado cuando comenzó la investigación, está comprobada. Este es el resultado concluyente que dan las pericias que sobre propiedades, bienes y sus cuentas, hemos hecho. Vamos a solicitar una nueva audiencia, que se celebraría la semana próxima, para ampliar la imputación», señaló.

En diálogo con la prensa del valle, el fiscal advirtió que en la prueba recolectada y en la valuación de los inmuebles, «tanto los que están a su nombre como en el de otras personas», se llegó a una cifra que supera los 36 millones de pesos, «que de ninguna manera pudo reunir si no es por ingresos espúreos», completó.

Para avalar esa definición, Iturrioz indicó que sus ingresos desde el Estado, desde el año 2004 hasta cuando fue detenido (22 de mayo de 2018), «Carpintero pudo haber accedido a un monto de 4 millones, como máximo. Es decir que de ninguna manera pudo generar todas estas propiedades, cuentas y participaciones societarias”.

Finalmente, el fiscal aclaró que esa imputación también alcanzará «a quienes le prestaron el nombre a Carpintero para registrar esas propiedades. Ellos tampoco pueden justificar ingresos para tener esas viviendas», completó.

El Patagónico

El ex ministro de Familia, expresidente del IPV y ex intendente de Dolavon imputado en la causa Revelación, Martín Bortagaray, fue designado por decreto días atrás como personal del Gabinete provincial, dependiente del Ministerio de Coordinación de Gabinete. Bortagaray quedó libre en septiembre pasado.

La información sobre la vuelta al Gabinete provincial de Bortagaray se conoció este jueves a través de un tuit del periodista Rolando Tobarez, de diario Jornada, quien subió una foto con el decreto y se preguntó: “¿Es el exintendente? ¿No habría que esperar el juicio y la sentencia del Caso Revelación”?

Bortagaray fue imputado por ser considerado presunto miembro de una asociación ilícita y por haber cometido cohecho pasivo.

Por la detención del varias veces intendente de Dolavon y exministro de Familia hay un pedido de jury al juez y los fiscales.

En noviembre pasado, el Consejo de la Magistratura resolvió abrir un sumario contra los fiscales Marcos Nápoli y Héctor Iturrioz, de la Unidad Anticorrupción, además del juez Sergio Piñeda, por la presunta detención ilegal del ex ministro de Familia, Martín Bortagaray, también extitular del IPV. Es porque el ex funcionario contaba con fueros, por lo que no se lo tendría que haber detenido en el marco de la causa Revelación.

La mayoría de los otros exfuncionarios alcanzados por estas causas de corrupción en Chubut fueron despedios o ellos mismos renunciaron. Bortagaray es, de esta manera, el único que se mantiene en un cargo como asesor.

ADN Sur

Miguel Ángel Ferreira (23) fue procesado por el juez Alejandro Rosales como presunto autor del delito de robo agravado. El imputado, junto a un menor de edad, ingresaron a una vivienda ubicada en el barrio progreso y sustrajeron diversos elementos. La fiscalía obtuvo un plazo de cuatro meses para investigar.

En la sala de audiencias de la oficina judicial se desarrollo una audiencia de control de la detención y formalización de la investigación preparatoria de juicio. El acto judicial estuvo presidio por el magistrado Alejandro Rosales. La parte investigadora cargo de la funcionaria Rita Barrionuevo. El detenido recibió la asistencia técnico legal del abogado de la defensa pública, Gustavo Oyarzun. En tanto, el adolescente fue acompañado por familiares.

La representante del Ministerio Publico Fiscal indico que el hecho a investigar ocurrió el 10 de enero a las 07:25, en una vivienda ubicada sobre calle Eva Duarte e Inocencio Gonzalorena del barrio progreso.

Según los investigadores, Ferreira junto a dos menores de 18 años, rompieron dos vidrios de una puerta e ingresaron a la vivienda. Luego sustrajeron un reproductor de DVD y una guitarra criolla.

En este marco, Rita Barrionuevo solicito que se declare legal la detención del imputado. La investigadora explico que la policía actuó luego del llamado telefónico de un vecino, quien alerto sobre la situación.

Los sospechosos fueron encontrados en la plaza del barrio progreso. Cuando los delincuentes observaron el patrullero, intentaron deshacerse de los elementos y fueron alcanzaos por el personal policial.

También explico que la calificación legal escogida para este caso es la de presunto autor del delito robo doblemente agravado por ser cometido en poblado y en banda, con la participación de menores de 18 años, en grado de tentativa.

Asimismo requirió un plazo de seis meses de investigación y una orden de prohibición de acercamiento y contacto entre los procesados y los damnificados. También solicito que a Ferreira se le apliquen medidas sustitutivas. Ellas son la obligación de presentarse cada 15 días en la comisaría local y prohibición de ausentarse de la localidad sin autorización judicial.

En este marco, recordó que Ferreira cuenta con una condena de un año de prisión de ejecución condicional por el termino de un año y reglas de cumplimiento de conducta por el plazo de dos años

Por último, peticiono que Ferreira se presente en las oficinas del área de criminalísticas a los fines de que se le aplique el protocolo único de identificación de personas.

A su turno, Oyarzun no formulo oposiciones a los requerimientos del Ministerio Publico Fiscal respecto de la pieza de formalización de la investigación y tampoco por el pedido de legalidad de la detención

Luego de haber escuchado los planteos de las partes, Rosales resolvió: declarar legal la detención, formalizar la investigación penal preparatoria respecto los hechos descriptos y la calificación jurídica escogida por Barrionuevo.

También hizo lugar a la aplicación de las medidas sustitutivas de la prisión preventiva solicitadas por la representante de la fiscalía.

Le prohibieron mantener contacto con la víctima. Está acusado de «supuesta comisión de los delitos de lesiones leves calificadas reiteradas y amenazas reiteradas contra su conviviente».

El ex boxeador Fabio «La Mole» Moli fue denunciado este jueves por violencia de género. Este jueves se habría registrado una brutal golpiza en el domicilio de la localidad cordobesa de Villa del Rosario, pero no sería la primera vez que sucedería.

La presentación judicial se realizó en la fiscalía de Alta Gracia, a cargo del doctor Diego Fernández, ya que la fiscalía de Río Segundo -que es la más próxima- se encuentra de feria.

Según el diario La Voz del Interior, Moli fue fue imputado por la «supuesta comisión de los delitos de lesiones leves calificadas reiteradas y amenazas reiteradas contra su conviviente», le prohibieron mantener contacto con la víctima «por cualquier medio y también el acercamiento al domicilio fijado por ella, menos de 300 metros». En este marco, se dispuso su custodia policial.

Así lo dispuso el fiscal de feria a cargo de la Fiscalía de Río Segundo, según publicó el Ministerio Público Fiscal.

Asimismo la denunciante recibió asistencia psicológica y se le efectuó la evaluación de factores de riesgo en el Polo de la Mujer. También como medida probatori

Según el diario La Voz del Interior, Moli fue fue imputado por la «supuesta comisión de los delitos de lesiones leves calificadas reiteradas y amenazas reiteradas contra su conviviente», le prohibieron mantener contacto con la víctima «por cualquier medio y también el acercamiento al domicilio fijado por ella, menos de 300 metros». En este marco, se dispuso su custodia policial.

Así lo dispuso el fiscal de feria a cargo de la Fiscalía de Río Segundo, según publicó el Ministerio Público Fiscal.

Asimismo la denunciante recibió asistencia psicológica y se le efectuó la evaluación de factores de riesgo en el Polo de la Mujer. También como medida probatoria urgente, entre otras, se le realizó inspección corporal en Policía Judicial para determinar la entidad, cantidad y antigüedad de las lesiones.

La Justicia de Córdoba pidió que se reserve el nombre de la víctima por tratarse de un hecho de violencia doméstica y por las diligencias probatorias dispuestas rige secreto de sumario.

a urgente, entre otras, se le realizó inspección corporal en Policía Judicial para determinar la entidad, cantidad y antigüedad de las lesiones.

La Justicia de Córdoba pidió que se reserve el nombre de la víctima por tratarse de un hecho de violencia doméstica y por las diligencias probatorias dispuestas rige secreto de sumario.

La Voz del Interior

Este miércoles por la noche, desconocidos intentaron prender fuego el auto de Rodrigo Nieves, el joven imputado por el homicidio del mecánico misionero Jorge Olivera. El vehículo, un Peugeot 206, fue atacado aparentemente con una bomba molotov afuera de la Comisaría Séptima, en donde está secuestrado.

Nieves quedó este miércoles en prisión preventiva por dos meses, imputado por homicidio agravado por el uso de arma de fuego.

Según informó el comisario de la Seccional Séptima, Javier Loyola, el guardia “observó humo y cuando fue encontró que habían arrojado una bomba molotov”. Las pérdidas en el auto fueron casi totales.

El vehículo, un Peugeot 206 en el que aparentemente circulaba Nieves junto a una joven cuando habría disparado contra Olivera, estaba secuestrado en la comisaría Séptima.

Jorge Olivera fue baleado en la cabeza el jueves pasado tras resistirse en su taller mecánico a arreglar el vehículo del agresor, quien tendría una deuda anterior con la víctima.

El joven de 22 años murió tres días después en el Hospital Regiona.

ADN Sur

Una audiencia de revisión tuvo lugar en sala de oficina judicial de tribunales en Trelew, donde el Ministerio Público Fiscal, representado por la funcionaria de fiscalía Julieta Gamarra, expuso sobre los avances en la investigación respecto del hecho ocurrido durante los días 20 y 21 de septiembre de 2018 en Paso de Indios, que tuviera notoria repercusión provocando inclusive la movilización de parte de aquella comunidad.

El 5 de octubre se había llevado adelante la audiencia de control, donde el Juez Fabio Monti dispuso la prisión preventiva por el término de tres meses, y cumplido el término se revisó la situación del joven de 19 años, a quien se lo imputa por amenazas, violencia y abuso sexual en perjuicio de una menor.

Para la doctora Gamarra no existen motivaciones para alterar la medida de coerción, reforzándose la probabilidad de autoría con elementos colectados en el transcurso de estos meses que fue mencionando, como por ejemplo las pericias de ADN con resultados positivos, las numerosas entrevistas efectuadas en el lugar de los hechos y los allanamientos efectuados en los sitios donde el agresor llevó a la víctima, de donde se secuestraron diversos elementos y se recolectaron muestras principalmente hemáticas para ser periciadas.

Mencionó también el exámen psicodiagnóstico practicado a la menor que se traduce en serias consecuencias emocionales y de salud que hoy está padeciendo. Informó que restan realizarse varias entrevistas, previstas para los próximos días en Paso de Indios y los alrededores, dificultándose esta acción debido a la difícil localización de los futuros entrevistados. Aseveró que se trata de un caso de suma complejidad, pero enfatizó sobre lo avanzado hasta el momento, que refuerzan la probabilidad de autoría del imputado, sin existir hechos que puedan conmover la situación actual, con la existencia del riesgo de fuga, y solicitó el mantenimiento de la prisión hasta la audiencia preliminar, tiempo en que podría elevarse la acusación respectiva.

El defensor Lisandro Benítez expresó que resultaba excesivo el pedido de la fiscalía y que solo restan realizarse algunas entrevistas, a la vez que ofreció la posibilidad que su cliente continúe en arresto domiciliario, ofreciendo para tal fin una vivienda en la localidad de Dolavon.

Escuchadas las partes, el Juez Fabio Monti acordó con el Ministerio Público Fiscal en cuanto a la situación del imputado, el avance en las investigaciones, aunque dispuso la prisión preventiva por el término de dos meses, estimando que es un lapso adecuado para que la fiscalía culmine con la investigación correspondiente. La calificación con la que se imputa es la de privación ilegítima de la libertad, agravada por ser cometida con violencia y amenazas, abuso sexual agravado por ser con acceso carnal, lesiones leves doblemente agravadas al efectuarse contra una persona con la que había mantenido una relación de pareja y mediante violencia de género y daño, todo en concurso real, de acuerdo a los artículos 142 inciso 2do., 119, 89, 91, 80, 183, 45 y 55 del código penal, con una expectativa de pena que marca un mínimo de seis años y un máximo superior a los veinte años de prisión efectiva.

El Chubut

Veredicto de pena en juicio por lesiones leves agravadas por el vínculo mediando violencia de género

Pasado el mediodía del viernes se dio a conocer en sede de los tribunales penales ordinarios el veredicto de responsabilidad penal en el juicio por lesiones leves agravadas por el vínculo mediando violencia de género y portación ilegítima de arma de fuego de guerra. El juez resolvió condenar a Á. D. N. a la pena de tres años y dos meses de prisión efectivos por encontrarlo autor penalmente responsable de lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género, en concurso con portación ilegítima de arma de fuego de guerra. Absolviéndolo por los delitos de amenazas coactivas y amenazas agravadas por el uso de arma de fuego.

El tribunal unipersonal de debate fue integrado por Alejandro Soñis, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente María Laura Blanco, fiscal general; asimismo en representación de la menor asistió Carolina García, asesora de familia. En tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Ariel Quiroga, abogado de la Defensa Pública.

En su resolución el juez entendió que muchas de las agravantes propuestas por la fiscalía se encuentran dentro de la figura de violencia de género ya aplicada al caso. Como circunstancias agravantes de la pena consideró la extensión del daño causado, el que al día de hoy mantiene secuelas psicológicas en la víctima. La trascendencia de las acciones del acusado a su hija menor de edad, por la presencia de la menor en los hechos por los que fue declarado penalmente responsable. Sin lugar a dudas los niños resultan víctimas indirectas de toda violencia que se den el marco intrafamiliar, aseguró el juez en su resolución. También a la niña le toca vivir el trauma de la detención de su padre.

Como única circunstancia atenuante consideró la falta de antecedentes penales del imputado.

El primer hecho juzgado aconteció el día 15 de enero de 2017, aproximadamente a las 17.00 hs., cuando Á. D. N. se encontraba en su domicilio, sito en calle Margaritas al 900 del Barrio San Martin de Comodoro Rivadavia, cuando se hizo presente su ex pareja, la víctima, de quien hacia aproximadamente dos meses se encontraba separado luego de una convivencia de cinco años. En tales circunstancias, la víctima se presentó a fin de retirar a la hija común de ambos, manifestándole Á. D. N. que le vaya a comprar una cerveza. Ante la negativa de la víctima, Á. D. N. tomó un envase de vidrio vacío e intentó golpearla con el mismo en la cabeza, sin lograr su cometido en razón de que la víctima sujetó su mano. Ante ello, el imputado comenzó a asestarle golpes de puño en la cara y en la cabeza, y cuando ésta cayó al suelo, Á. D. N. aprovechó esa oportunidad para propinarle golpes en la espalda con un caño macizo, tras lo cual la tomó del cabello y le introdujo la cara en la arena, intentando asfixiarla.

La agraviada logró escaparse del lugar junto a su hija menor, momento en el cual fue auxiliada por un sujeto que transitaba por calle Granaderos y Av. Rivadavia de esta ciudad, quien llamó al personal policial.

Producto de la agresión, la víctima presentó hematoma de 3 cm. en parrilla costal (espalda) lado izquierdo, hematoma en dorso pie derecho y excoriaciones leves e codo izquierdo, lesiones que no pusieron en riesgo su vida, con un tiempo de incapacidad laboral menor a 30 días.

El segundo hecho acontece cuando el imputado Á. D. N. se hace presente en la casa materna de la víctima, su ex pareja, con un arma de fuego y le grita que vuelvan a su casa. En el tercer hecho juzgado también el imputado se presenta en el domicilio de la madre de la víctima y comienza a gritar que le entregue a su hija menor, esgrimiendo un arma de fuego, la cual le fue finalmente entregada.

El fiscal presentó su dictamen ante el juez federal Ariel Lijo y en él incluyó al legislador de Cambiemos, al jefe de su despacho, Pedro Fiorda, y a Juan Carlos Amarilla, este último empleado parlamentario.

El fiscal federal Federico Delgado imputó hoy al senador nacional de la UCR Juan Carlos Marino y a dos de sus colaboradores, luego de la denuncia que presentó en su contra por abuso sexual una empleada del Congreso.

Fuentes judiciales informaron a NA que el fiscal presentó su dictamen ante el juez federal Ariel Lijo y en él incluyó a Marino, al jefe de su despacho, Pedro Fiorda, y a Juan Carlos Amarilla, este último empleado parlamentario.

Delgado pidió como medidas de prueba citar a testigos, algunos de ellos colaboradores del senador, e invitar al legislador radical a aportar su celular para que sea analizado, ya que la denuncia refiere a mensajes que habría recibido Claudia Mabel Guebel con contenido sexual.

El fiscal pidió también que la denunciante declare en Cámara Gesell para ampliar sus dichos, sobre todo en referencia al período temporal en que habrían ocurrido los hechos y todavía no está precisado, y para consultarla sobre si quiere aportar las comunicaciones que dice haber recibido mediante mensajería de WhatsApp.

Por otra parte, pidió a la Presidencia del Senado que informe si se iniciaron actuaciones relativas a estos hechos denunciados en la Justicia y solicitó además acceder al teléfono de Fiorda para analizar sus llamados entrantes y salientes.

En el caso de Marino, lo invitó a «que decida si quiere aportar su celular, aunque el acceso a sus comunicaciones debe solicitarse de acuerdo al citado artículo 1 de la ley 25.320 para evitar futuros planteos de nulidad».

«No se podrá allanar las oficinas citas en el Congreso de la Nación, de los legisladores ni la intercepción de su correspondencia o comunicaciones telefónicas o electrónicas sin la autorización de la respectiva Cámara», sostiene el artículo 1 de dicha ley.

Por último, pidió que sean citados testigos, entre ellos, al radical Hipólito Solari Yrigoyen y a los colaboradores del senador, quienes estaban en la oficina cuando la víctima ingresó por primera vez, además del perito Claudio Presman, que acompañó la denunciante durante su acusación.

La mujer explicó que trabajó con Marino «hasta hace tres meses» luego de un año de haberlo hecho y que «los días 14 de cada mes» se «presentaba en el despacho del senador para conseguir la firma del certificado de asistencia», ya que trabajaba mayoritariamente desde afuera del Congreso. Ella contó que ingresó a la Cámara de Diputados como empleada en 2001, pero a partir de 2004 y hasta 2016 se desempeñó como secretaria de la Convención Nacional de la UCR.

A continuación, volvió a trabajar en Diputados, en la comisión de juicio político, hasta que hace aproximadamente un año empezó a desempeñarse como asesora de Marino. «Empecé a recibir mensajes de WhatsApp a mi teléfono celular desde su teléfono celular (por Marino) en los que me decía ´Dónde estás?´, ´Dónde vivís?´, ´Voy a estar por allá, me doy una vuelta´, ´Preparate que voy a tu casa´. Me enviaba videos alusivos al sexo. Quiero aclarar que yo no tenía vínculo alguno con él, ni de confianza ni de amistad. Este tipo de mensajes me los enviaba constantemente, varias veces por semana», sostuvo la mujer en su denuncia.

A la vez, señaló que «trataba de contestarle con respuestas evasivas que no comprometieran» su «trabajo y que tampoco le dieran a pensar que estaba interesada en lo que» le «proponía».

Fuente: Diario Jornada

Audiencia de control y apertura por privación ilegítima de la libertad en grado de tentativa

En horas de la mañana del jueves se concretó en los tribunales penales del barrio Roca la audiencia de control de detención y apertura de investigación por delitos calificados provisoriamente como “privación ilegítima de la libertad, en grado de tentativa, en calidad de autor para Raúl Oscar Lede, dos hechos, en concurso real”. El fiscal solicitó se declare legal su detención, se les formalicen ambos hechos y se dicte su prisión preventiva por 15 días. Por su parte el defensor se opuso a la apertura de la investigación y solicitó su libertad con prohibición de acercamiento a las víctimas y subsidiariamente su arresto domiciliario.

Presidió el acto Raquel Tassello, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal se hicieron presentes Adrián Cabral, fiscal general y Patricia Rivas, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Daniel López, abogado particular del mismo.

En un primer momento el fiscal solicitó declare legal la detención del imputado Lede cuando personal policial toma conocimiento de un hecho ilícito en cercanías del comercio Tijuana de Av. Kennedy. Allí una persona a bordo de un Renault Sandero, bordó, con vidrios polarizados, intenta abordar a la víctima al vehículo a la fuerza. Personal policial comienza a buscar al vehículo y se produce la detención del imputado a pocas cuadras del lugar, en cuasi-flagrancia.

Luego solicitó la apertura de investigación por un hecho acontecido el pasado 26 de noviembre del presente año, cuando siendo aproximadamente las 20.00hs., una menor de 15 años se encontraba sobre Av. Kennedy a la espera de su padrastro que venía a bordo de una motocicleta. La menor fue interceptada por Lede que a bordo de una Toyota Rave, color crema, con una rueda de auxilio con tapa, abre la puerta del conductor, extiende su brazo e intenta subirla a la camioneta en contra de su voluntad. Al fracasar la persigue unos metros y le expresa “ya te voy a agarrar, mi amor”.

El segundo hecho acontece el 27 de noviembre, a las 17.45 hs., cuando la segunda víctima iba circulando a pie a la altura del comercio Tijuana y fue interceptada por el imputado Lede que detuvo su rodado y le pide que se acerque. La consulta si sabe dónde hay una heladería. La toma del brazo izquierdo, cercenando su libertad ambulatoria, y la víctima logra zafarse. El imputado huye ente la presencia de un automóvil y la víctima ingresa al comercio. Una vecina da aviso a personal policial e inmediatamente a las pocas cuadras se produce la detención. Calificando provisoriamente ambos ilícitos como “privación ilegítima de la libertad en grado de tentativa, en calidad de autor para Lede, dos hechos en concurso real”. Solicitando el plazo de ley, 6 meses para finalizar con la investigación.

En contraposición el defensor se opuso a la apertura de la investigación en virtud de “la incongruencia de la acusación fiscal, ya que no determina específicamente la autoría de mi asistido”. Negando su participación en ambos hechos y ofreciendo como prueba de ello cámaras de sus lugares de trabajo de ambos días.

Seguidamente el fiscal solicitó la prisión preventiva de Lede por 15 días en base a los elementos de convicción suficientes existentes para tenerlos como probable autor de ambos hechos y la existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación. También mencionó la posibilidad que el imputado se vea involucrado en conductas del mismo tipo.

El defensor se opuso al pedido del fiscal solicitando se rechace el pedido de prisión preventiva ya que el máximo de la pena, en virtud que no tiene antecedentes penales, será de cumplimiento en suspenso. Solicitando su libertad con prohibición de acercamiento y subsidiariamente su arresto domiciliario.

Finalmente la jueza penal resolvió declarar legal la detención del imputado, en cuasi flagrancia. Decretando la apertura de la investigación preparatoria de ambos hechos, dándolo por anoticiados de los mismos y su calificación legal provisoria; y por asegurada su defensa técnica. Otorgando el plazo de 6 meses para concluir con la investigación. Por último impuso el arresto domiciliario, con permiso de salidas laborales al imputado y la prohibición de manejar cualquiera de los dos vehículos por el término de dos meses. Para asegurar su presencia al proceso y no entorpecer la investigación. No se puede ordenar la prisión preventiva de una persona cuando el delito que se le impute no conlleve una pena privativa de libertad, y en el presente caso la pena tiene un mínimo de 3 meses y un máximo de 2 años de prisión, y el imputado no posee antecedentes penales.