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Atento a la Resolución 404/2020 del Ejecutivo de Rawson mediante la cual se dispuso el retorno de las guardias mínimas en el ámbito municipal, la Juez de Faltas Silvia Bustos, estableció Feria Judicial Extraordinaria -como medida preventiva-, la cual comprende la suspensión de la atención al público de manera presencial y plazos procesales, hasta el 27 de octubre.

Mediante Resolución 320/2020 del TFM habilitó vías virtuales a fin de garantizar la resolución de las situaciones que requieran pronta resolución, como secuestros, decomisos, clausuras, y todas aquellas intervenciones tendientes a garantizar medidas sanitarias y protocolos del CoViD-19.

La comunidad podrá acceder a la justicia de faltas de Rawson a través del correo electrónico tribunaldefaltas.rawson@gmail.com, para aquellas situaciones que requieran pronta resolución en materia de tránsito y tribunaldefaltasrw.areasgrales@gmail.com, para cuestiones relativas a garantizar medidas sanitarias y el cumplimiento de los protocolos del CoViD-19 y la línea telefónica vía WhatsApp 2804729636.

El organismo informó que el martes 13 de octubre su sede central ubicada en Roberto Jones 199 de la ciudad de Rawson, permanecerá cerrada por tareas de desinfección.

El Superior Tribunal de Justicia informa que el martes 13 de octubre de 2020, su sede central ubicada en Roberto Jones 199 de la ciudad de Rawson, permanecerá cerrada por tareas de desinfección.

Funcionarios y empleados que prestan servicio en el edificio no deberán concurrir a trabajar.

Por esta razón, no habrá atención al público durante esa jornada.

Las juezas penales Patricia Asaro y Marcela Pérez Bogado rechazaron la recusación presentada por el imputado de abuso sexual Juan Luis Ale y su abogado Daniel Sandoval contra el Tribunal integrado por la Dra. Marcela Pèrez y los Dres. Marcelo Orlando y Gustavo Castro.

Las magistradas evaluaron la existencia de una serie de datos por el cual rechazaron la recusación: la extemporaneidad, la improcedencia de la vía intentada, la abstracción del planteo y “la evidente intención de dilatar el proceso y elegir, en una suerte de shopping judicial, quien debe intervenir ante una decisión adversa a sus pretensiones”.

En relación a la extemporaneidad del reclamo, Pérez Bogado y Asaro recordaron que la Ley establece que la recusación debe formularse dentro de los dos días de conocerse los motivos en que se funda. La presunta parcialidad ocurrió el día 20 de agosto de 2020 y el pedido de apartamiento ingresó a la Oficina Judicial recién el 28 de agosto, por lo que surge a todas luces que es extemporáneo.

Las magistradas señalaron que el hecho de que el planteo recusatorio se hiciera el viernes 28 de agosto, demuestra claramente la intención de evadir la cesura de pena que se llevaría adelante el lunes 31.

Y asimismo, consideraron que la denuncia no tiene ningún asidero y que es un claro mensaje de amedrentamiento por parte del imputado a los integrantes del Tribunal, disconforme con la condena recaída. En la resolución sostienen que el único objetivo perseguido es apartar a los jueces Orlando, Pèrez y Castro, para dilatar el proceso y que otros jueces o juezas intervengan.

También sostienen que la denuncia carece de fundamentos, porque no se explicitan los argumentos que demostrarían la parcialidad de los jueces, por lo que el planteo se transforma en abstracto y carente de asidero.

Las magistradas concluyeron que “el objetivo del imputado y su defensa fue, sin dudas, dilatar el proceso y provocar un apartamiento injustificado, induciendo el incidente procesal inmotivado que roza el quebrantamiento de la buena fe que deben respetar los litigantes”. Por ese motivo, también resolvieron remitir las actuaciones al Colegio de Abogados de la ciudad de Esquel, por entender que el accionar del abogado defensor encuadra en inconducta procesal.

La causa vuelve al Tribunal integrados por Gustavo Castro, Marcela Pérez y Marcelo Orlando, quienes ahora, deberán establecer la fecha para la audiencia de cesura de pena.

Un tribunal estadounidense condenó al presidente Donald Trump a pagar los gastos del proceso judicial abierto a raíz de una denuncia que le realizó la exactriz porno Stephanie Clifford, más conocida como «Stormy Daniels».

El Tribunal Superior de California ordenó a Trump pagar 44.100 dólares por la demanda presentada por Daniels en 2018 contra el acuerdo de confidencialidad que firmó con Trump para no revelar la relación que mantuvieron entre 2006 y 2007.

Si bien la demanda fue desestimada, la legislación local señala que Daniels es la parte beneficiaria, por lo que el presidente estadounidense debe asumir los honorarios de los abogados querellantes.

La Fiscalía General en Nueva York confirmó que Trump ordenó a su abogado Michael Cohen hacer un pago ilegal de 130.000 dólares a Daniels justo antes de las elecciones presidenciales de 2016 para comprar su silencio por un supuesto encuentro sexual con Trump.

La sentencia llega un año después de la querella de Daniels contra Trump por un escándalo sexual que sigue amenazando política y legalmente al presidente.

En 2018 Daniels publicó ‘Full Disclosure’, el libro en donde revela detalles de uno de sus encuentros sexuales con el magnate en 2007 después de un torneo de golf en California. Según cuenta la actriz, pasó tres horas escuchándolo autoelogiarse para luego tener «dos minutos de mal sexo».

El ejecutivo municipal impulsa ante el superior tribunal de justicia planteo de conflicto de poderes, en tanto vecinos autoconvocados piden al tribunal electoral municipal la remoción de los cinco concejales que acompañaron ambas suspensiones. Tras la suspensión del intendente y un concejal de El Hoyo, el arco político del Chubut y Nacional, expreso en las redes el acompañamiento a Pol Huisman y Gustavo Flak, al tiempo que repudio la acción del concejo deliberante a la cual coincidieron en calificar de “destituyente y antidemocrática”, en ese sentido sumaron sus voces el propio gobernador Mariano Arcioni, vicegobernador Ricardo Sastre, senadores , intendentes entre otras figuras.

Dichas expresiones no tardaron en visibilizarse en twitter y otras redes sociales , con repercusión provincial y nacional, Además de las máximas autoridad del gobierno provincial , entre los primeros en expresarse figuran los intendentes de Lago Puelo Augusto Sánchez, de Comodoro Rivadavia Juan Pablo Luque, de Puerto Madryn Gustavo Sastre, de Trelew Adrian Maderna; de Dolavon Dante Bowen , los senadores Nacionales Alfredo Luenzo, Nancy Gonzalez, el diputado Santiago Igon; entre otras figuras políticas como Norberto Yahuar y Carlos Linares; Julian Leuda .
Desde el poder ejecutivo municipal, se calificó lo determinado por la mayoría de los concejales como un “Golpe Antidemocrático”, al sostener que “cinco concejales de El Hoyo dieron un golpe contra la democracia al desplazar ilegalmente de su cargo al intendente de la localidad, Pol Huisman, elegido en octubre pasado por el 53% de los ciudadanos de la localidad”.

Conflicto de poderes

Pasadas las 09:30 horas de hoy sábado, el intendente “Pol” Huisman aún no había sido notificado; junto a su equipo de gobierno y asesores se encontraba en su despacho definiendo los pasos a seguir de apelación a lo resuelto por el poder legislativo .

Desde el ejecutivo municipal, tras analizar el accionar legislativo, entiende que lo acontecido en el desarrollo de la sesión especial de ayer (viernes), “es una aberración constitucional y jurídica, insustentable, irracional, sin sustento alguno”.

Por estas horas, los asesores municipales trabajaban sobre una presentación ante el superior tribunal de justicia del Chubut, ante quien plantearán un conflicto de poderes, acompañado por una medida cautelar , mediante la cual se busca quedar sin efecto las Resoluciones 016/2020 y 017/2020 .

Autoconvocados piden la remoción de 5 concejales

Así mismo vecinos autoconvocados tras tomar conocimiento de la suspensión del intendente Huisman y el Concejal Flak, considerándola ilegal decidieron realizar una presentación ante el Tribunal Electoral Municipal solicitando la remoción de los cinco concejales ( Cesar Salamín, Gretel Arce, Fanny Avalos, Ariel Szudruk y Gisel Cortes) , basando sus fundamentos en las causales establecidas en el artículo 144, Inciso 1 y 3, mala conducta manifiesta e incumplimiento de los deberes del cargo, de la Ley XVI Nº 46.

¿Qué dicen las Resoluciones 16 y 17 /2020?

La Resolución 16/2020, sanciona por 30 días de suspensión al concejal Gustavo Flak, por considerar como una transgresión grave el hecho de dar conocimiento a personas ajenas al cuerpo del concejo deliberante documentación con carácter de reservada; en relación a la emisión de permisos para circular presuntamente apócrifos por ex agentes municipales a través del área de desarrollo social municipal, investigada por la comisión creada para tal fin.

En tanto la Resolución 17/2020 crea una nueva comisión investigadora en el marco de la Ley XVI N`46 arts. 113 y 121 y cc. , destinada a investigar la responsabilidad y participación del intendente en la emisión de documentos para transitar con motivo de la pandemia. Además suspende preventivamente por el término máximo de 40 días.
El artículo 3, establece la asunción de intendente interino el presidente del concejo Cesar Salamín.

En tanto que el artículo 4, da por notificado al intendente Huisman mediante la publicación en dos medios de comunicación local de la correspondiente Resolución.

La comisión quedó conformada con la totalidad de los miembros del cuerpo y presidida por la concejal Arce, quien propuso la suspensión con el objetivo de que el intendente no «entorpezca la investigación».

«Más allá de este error involuntario en los gráficos publicados, queremos dejar en claro que la situación en términos epidemiológicos de Argentina en el marco regional se informó de manera adecuada», añadió el Ministerio de Salud de la Nación.

El Ministerio de Salud de la Nación aclaró este domingo que la tasa de mortalidad por coronavirus en la Argentina dada a conocer por el presidente Alberto Fernández al anunciar la extensión de la cuarentena es «por millón de habitantes, no por 100.000» y dijo que hubo un «error en la rotulación de cada país» que fue «involuntario».

La cartera a cargo de Ginés González García pidió «disculpas a los países mencionados y a los argentinos y argentinas» y enfatizó a la vez que, pese a ello, «no aceptamos ni validamos mentiras»

«Es necesaria una aclaración en relación a la información presentada en el día de ayer: La tasa de mortalidad está expresada por millón de habitantes, no por 100.000. Si bien las tasas de mortalidad y de incidencia son correctas, surge un error en la rotulación de cada país», dijo el Ministerio en la red Twitter.

«Más allá de este error involuntario en los gráficos publicados, queremos dejar en claro que la situación en términos epidemiológicos de Argentina en el marco regional se informó de manera adecuada», añadió.

El Ministerio destacó que «para esta gestión, la transparencia es una prioridad. Podemos cometer errores, pero no aceptamos ni validamos mentiras. Nuestras disculpas a los países mencionados y a los argentinos y argentinas. Seguiremos trabajando con el mismo compromiso».

 

La cámara penal integrada por los Jueces Del Verme, Defranco y Barrios comunicaron que resolverán el próximo 12 de mayo, en que convocarán a las partes, respecto de la situación que le cabe a Rolando Samuel Gómez involucrado en una causa de robo tentado que registra en el legajo número 82214.

La resolución del tribunal responderá a una solicitud expresada por el defensor Abdón Manyauix en una audiencia efectuada esta mañana por sistema de videoconferencia, donde cuestionó lo sentenciado por el doctor Fabio Monti el día 21 de octubre de 2019 cuando impuso dos años y ocho meses de prisión al encontrarlo penalmente responsable por la coautoría de un robo, de acuerdo a los artículos 164 y 45 del código penal, además de sostener su reincidencia según lo establecido en el artículo 50.

El defensor cuestionó la autoría, calificación legal y la pena impuesta, a lo que se opuso la fiscal general Carolina Marín quien expuso los argumentos para afirmar que la decisión del Juez Monti se ajusta a derecho. Los magistrados de la cámara penal finalmente comunicarán su resolución el 12 de mayo.

Se siguen los lineamientos fijados por el Poder Ejecutivo Nacional.

A través de la Acordada 4874/20 suscripta el día 26 de abril, el Superior Tribunal de Justicia del Chubut prorrogó la Feria Extraordinaria por emergencia sanitaria hasta el 10 de mayo de 2020, inclusive.

La resolución fue adoptada en concordancia con las medidas dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional en el marco de la continuidad del aislamiento social, preventivo y obligatorio por motivos de la pandemia COVID-19.

En los considerandos del Acuerdo, los ministros Mario Vivas y Alejandro Panizzi, resaltaron que en el tiempo transcurrido desde el comienzo de la crisis, el STJ ha profundizado la aplicación efectiva de nuevas tecnologías informáticas y de comunicación, a fines de desarrollar procesos de trabajo a distancia mediante videoconferencias, mensajería instantánea y todo otro método de comunicación disponible, con la presencia virtual de todos los actores del elenco procesal.

En esa dirección, se resolvió aprobar el cronograma de instrumentación de Escritos Digitales en organismos No Penales de Primera Instancia de todas las circunscripciones judiciales de Chubut, y se reclamó a los magistrados de todos los fueros y ciudades de la Provincia que en la medida en que el Superior Tribunal de Justicia los vaya dotando de las herramientas tecnológicas necesarias, den curso a las presentaciones judiciales de toda índole.

Tratamiento sensible

Los ministros de la Corte Provincial instaron a los Jueces de todos los fueros y circunscripciones a continuar confiriendo preferente despacho y tratamiento sensible a todas aquellas cuestiones de índole alimentario, que provengan de presentaciones judiciales, tanto de particulares como de profesionales, exhortándolos a imprimir la mayor diligencia en la tramitación de órdenes de pago de créditos de carácter alimentario y honorarios profesionales que correspondan y se encuentren firmes.

En otro orden, quedó establecido que se hará saber al Banco del Chubut que deberá prestar la mayor diligencia posible en el despacho de los oficios y órdenes de pago vinculados con las cuentas judiciales y en coordinación técnica con la Secretaría de Informática Jurídica.

Escritos digitales

En el anexo 1 de la Acordada, quedó definido el cronograma de instrumentación de escritos digitales en Organismos No Penales de primera instancia del Poder Judicial del Chubut, que se sumarán a todos los Juzgados de Familia, donde el sistema ya está implementado.

El cronograma es el siguiente:

Lunes 27/04 – Se habilitarán todos los Juzgados Laborales, de Ejecución y Civiles de Trelew y Juzgado Multifuero de Rawson.

Martes 28/04 – Se habilitarán todos los Juzgados Laborales, de Ejecución y Civiles de Comodoro Rivadavia.

Lunes 04/05 – Se habilitarán todos los Juzgados Laborales, Civiles y Comerciales y de Ejecución de Puerto Madryn y Esquel.

Reapertura progresiva y ordenada

El STJ resolvió también aprobar un informe elaborado por un Comité Médico Sanitario, ingenieros en Seguridad e Higiene del Trabajo y profesionales del área de Arquitectura del Superior Tribunal de Justicia, a través del cual se establecen medidas que deberán cumplirse ante un eventual retorno a la labor judicial.

Allí se plantea que debe ser prioritario asegurar la salud de magistrados, funcionarios y empleados judiciales, como también del justiciable y de los profesionales del derecho ya que si bien la Provincia cuenta pocos casos de infectados, todavía el virus no tiene una circulación comunitaria.

En razón de ello, el Superior Tribunal sostiene que la futura reapertura del servicio de Justicia debe concretarse en forma progresiva y ordenada, asumiendo la necesidad de readecuar sus instalaciones conforme las recomendaciones efectuadas por los profesionales técnicos consultados, publicó El Chubut.

Desde hoy comenzará a atender al público nuevamente el Tribunal Municipal de Faltas (ubicado en Chacabuco 1557), en el horario de 8 a 12 horas y según terminación del número de DNI.

Esta oficina atenderá de acuerdo a la finalización de DNI de la siguiente manera: Lunes: Los finalizados en 0 y 1. Martes: Los finalizados en 2 y 3. Miércoles: Los finalizados en 4 y 5. Jueves: Los finalizados en 6 y 7. Viernes: Los finalizados en 8 y 9.

Desde este organismo se aclaró además que no se entregarán Libre Deudas para Licencias de Conducir, debido a la prorroga en los vencimientos dispuestos por el Gobierno nacional ante la situación de público conocimiento.

Consultado sobre el tema, el juez de Faltas de Esquel, Dr. Juan Colihueque explicó sobre esta reapertura que «para aquellas personas a las que se les habían programado audiencias, para ejercer su derecho a defensa, se reprogramaron y serán notificadas las fechas. Es que cuando se dictó la feria administrativa a consecuencia de la pandemia se determinó también la suspensión de los plazos procesales».

Colihueque advirtió que en estos últimos días pese a la cuarentena obligatoria se siguieron labrando actas por infracción a la legislación municipal. En ese sentido comentó que la mayor cantidad de infracciones tuvieron que ver con faltas en la circulación vehicular. «Tuvimos también el secuestro de mercadería que se ha hecho en este tiempo. Alimentos con fecha de vencimiento al público. También decomiso de carne sin sello de inspección veterinaria. A pesar de la cuarentena este tipo de infracciones continuaron, veremos la manera de resolverlo», dijo el juez municipal de Faltas.

Muchos autos en cuarentena 

Resaltó Colihueque que hubo en las últimas semanas varios secuestros de vehículos por parte del Departamento de Tránsito Municipal, «hay algunas infracciones donde tiene competencia pura y exclusiva el Tribunal de Faltas y que se refieren a la Ley Nacional de Tránsito. Mientras que en otras infracciones donde está vinculado también el Tribunal a mi cargo, como aquellas por desobedecer el horario permitido para circular, debe resolver primero el Juzgado Federal. Más allá de que los vehículos están a disposición tanto del Ministerio de Seguridad de la Provincia y del Juzgado Municipal de Faltas».

Agregó que recibió una comunicación del Juez Federal «señalando que hay algunos vehículos que han sido secuestrados y puestos a disposición del Juzgado Federal en razón de haber violado la cuarentena dispuesta a nivel nacional».

«En este sentido me acerqué a las dependencias policiales a los efectos de tomar conocimiento sobre los vehículos secuestrados en esa situación. Ya tengo los informes de la Comisaría Primera y del Departamento de Tránsito Municipal, donde figura la cantidad de vehículos secuestrados y puestos a disposición del Tribunal de Faltas».

Aclaró el juez municipal que en los casos donde se ha procedido al secuestro por falta de seguro del vehículo, falta de la licencia de conducir o la no portación de alguna documentación obligatoria, «he tomado la decisión de proceder a la entrega si presentan la documentación que corresponde y por la cual se infraccionó. Y la cuestión de fondo la resuelvo posteriormente, teniendo un año para hacerlo».

En cuanto a las infracciones detectadas y correspondientes multas, manifestó que el Juzgado «se viene manejando con lo que ya estaba establecido en el momento de que se decretó la cuarentena. No hay una ordenanza ni ninguna legislación que prevea alguna multa especial para aquellos que han violentado la cuarentena».

«De todos modos, he visto en el Código Penal, a partir del Artículo 205 en adelante que están previstas algunas multas. Pero ya no depende del Tribunal de Faltas sino del Juzgado Penal que tiene competencia y jurisdicción», terminó diciendo.