La ley se hizo para cumplirla, dijo el Diputado y agregó: “si no lo hacemos tenemos un problema.” La historia tiene ya sus años e involucra a un Diputado de la cordillera con mandato cumplido. Vino a la memoria ahora aquella afirmación en relación a otra ley que no se cumple, la XXV-N° 5 del IPV Chubut.
Esta norma dice en un párrafo de su artículo 14° “En caso de que varias familias se encuentren en igualdad de condiciones, la adjudicación se realizará por sorteo público.”
“Hasta ahora el único sorteo de viviendas que hay en Chubut son los departamentos del Telebingo. En el IPV la palabra sorteo la borraron de la Ley, de la Resolución 1044/91 y de la 791/90,” dijo la asesora de un Diputado.
Esta última, la 791/90, que es mencionada en la 1044/91para ser tenida en cuenta ante una situación específica, dice lo siguiente: “Para el caso de existir paridad en los puntajes y en la antigüedad en la inscripción se dará prioridad para la adjudicación a aquellos postulantes que tengan mayor residencia en el ejido municipal de la localidad donde se encuentre construido el barrio a adjudicar;” y agrega: “En caso de que varias familias se encuentren en igualdad de condiciones, la adjudicación se realizará por sorteo público.”
Queda en claro entonces que en Chubut las adjudicaciones deberían realizarse por puntaje y ante la igualdad de condiciones aplicar la Resolución 791/90 es decir una norma que ya tiene 26 años y que habla de sorteo público.
Esta Resolución 791/90 tiene un año más que la Resolución 1044/91 que ahora fuera plagiada por el Decreto 169/16 que le hicieron firmar a Don Mario Das Neves.
Ese decreto, que por primera vez se cumplió en todos sus términos con el caso de las 16 viviendas de Trelew obliga a publica como mínimo en las listas de postulantes preadjudicados la identificación del titular inscripto, nombre, apellido y documento; el domicilio actualizado y el puntaje total obtenido.
Cuando se dieron a publicidad los datos de los 16 elegidos y 4 suplentes, originó un revuelo que obligó a postergar dos veces el plazo para impugnaciones. Esta historia tiene final abierto, aunque se descarta que la Ley que manda que ante igualdad de condiciones se haga sorteo público, una vez más sería vulnerada por el IPV de Das Neves.
Fuentes bien informadas afirman que ya hay arrepentidos de haber aconsejado emitir el Decreto 169/16 porque ahora al tener la obligación de hacer pública la última dirección y el puntaje obtenido aumentan las posibilidad de identificar a los preadjudicatarios, e impugnarlos cuando corresponde.
El otro tema que dicen que ya habría tenido un rotundo, “no se publica”, por parte del titular del sillón de Fontana 50 es el relacionado con la idea de hacer conocer los listados de todos los adjudicatarios en la historia del IPV Chubut, que se estiman serían entre cuarenta y cuarenta y cinco mil ciudadanos, y donde aparecerían miles de apellidos y nombres ligados al poder, en particular el de los que obtuvieron viviendas en estos últimos doce años.
Por Luis Dupuy
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