Anselmo Montes Partido Socialismo Autentico Chubut
En los últimos tiempos hay una importante y constante información sobre el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano con profusas afirmaciones sobre el manejo, distribución y construcción de viviendas en la provincia del Chubut. En este marco me veo obligado a intervenir por mi compromiso político social.
En primer lugar debo decir que las leyes están para ser cumplidas y hacer que se cumplan, ninguno de los poderes puede arrogarse el no cumplimiento de las mismas y mucho menos ignorarlas como es el caso de la Ley XXV Nº 54.
La norma dispone: “Artículo19°.- La distribución geográfica de las construcciones de viviendas tendrá en cuenta las diversas zonas de la Provincia, en relación con las necesidades emergentes de su respectiva densidad de población, de las características actuales de su casa habitación y de la radicación de núcleos fabriles, industriales, comerciales o rurales. El Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano anualmente establecerá el número de viviendas nuevas que construirá en todo el territorio de la Provincia de Chubut. Deberá llevar un Registro Provincial de Inscriptos actualizados que abarque la totalidad de postulantes en la Provincia. Tendrá un Registro de Inscriptos actualizados en cada una de las ciudades o localidades que reflejen un porcentaje respecto de la totalidad de los inscriptos existentes en el Registro Provincial. El porcentaje local de inscriptos será la referencia concreta para determinar numéricamente la cantidad de viviendas que deben construirse en cada ciudad o localidad. Excepcionalmente por razones de fuerza mayor o debidamente justificadas podrá modificarse lo dispuesto por la presente Ley.”
Si hasta ahora las cosas se hicieron mal, siempre hay tiempo para corregir. Lo aborrecible es enojarse con el que señala las injusticias que se están cometiendo en la distribución, y la obligación que tiene el Estado en respetar el padrón general, para los miles de inscriptos que esperan durante años, por no decir décadas, una vivienda.
Hasta aquí hemos visto que el Ejecutivo entrega llaves de viviendas casi todos los fines de semana, pero se advierte que la mayoría de ellas son para Entidades Intermedias cuyos asociados hasta en casos pueden no haber estado nunca inscriptos en el IPV y por tener otros recursos económicos y políticos, integran la lista de adjudicatarios, burlando los fines para el cual fue creado el Instituto Provincial de la Vivienda, y estafando moralmente a los inscriptos en el padrón general.
La Ley XXV N° 5, que lo creó al IPV hace 43 años, manda: “Será función específica del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano: a) Planificar y realizar la construcción de viviendas, tanto urbanas como rurales, para su venta o arrendamiento especialmente a familias de limitados recursos económicos. Estamos muy lejos de que esto se cumpla pero el PUEBLO debe exigir que la historia sea cambiada.
Anselmo Montes Segovia
Secretario General
Diputado Provincial Mandato Cumplido