El procurador explicó la legislación vigente respecto a este tipo de delitos. “Que denuncien, luego vemos si estamos a tiempo de llevar adelante la investigación y llegar a una condena. Pero ya el hecho de sacarse el trauma, ese sólo paso, es sanador. Es importante que esté claro que no es no”.
La denuncia de una actriz que aseguró haber sido violada siendo menor por su compañero de elenco, un hombre mucho mayor que ella, tuvo efecto dominó en el país. Trelew no fue la excepción. Muchas mujeres se animaron a relatar públicamente situaciones similares vividas en carne propia. Abusos de distinto tipo y tenor.
Sobre el marco legal de estos delitos, el procurador general Jorge Miquelarena recomendó una y otra vez “que denuncien”. No sólo mujeres. Cualquier persona que lo haya sufrido. Citó la modificación del Código Penal a partir de la llamada “Ley Piazza” en donde “en casos de violaciones sobre todo, se empieza a contar el plazo de prescripción cuando son mayores de edad o cuando deciden las víctimas. Se convirtieron en prácticamente imprescriptibles”.
Miquelarena hace un seguimiento personal de este tipo de casos. En Chubut son varias las condenas que se lograron en detrimento de violadores y abusadores. En una entrevista con Jornada calificó como un hecho positivo que quien ha sido o es víctima de violencia, abusos o violaciones pueda exteriorizarlo y denunciarlo. “Pueda ser que la sociedad cambie. Que se entienda claramente el concepto de que no es no”, replicó tal cual la frase que cientos de jóvenes y adultas gritan pidiendo justicia por la pesadilla que viven o vivieron en sus cuerpos.
Legislación
El procurador se refirió a la legislación actual en la que se remarca que “se deberá procurar para la víctima la recuperación física, psíquica y social. Esto está tomado no solo de nuestro Código sino de la Constitución Provincial. Fuimos escuchados en el Senado cuando se discutía el proyecto que hoy es Ley. Hoy se da todo un cambio que pone la lupa en el victimario y la víctima”.
Ante la pregunta de cuánto tiempo tienen para denunciar luego de ocurrido el hecho, Miquelarena fue preciso. “Que denuncien. No importa el tiempo. Luego se verá si hay algún acto interruptivo y se analizará el caso, pero en primera instancia que hagan la denuncia sin importar el tiempo”.
Explicó el procurador que hace algunos años “hubo una modificación del Código Penal en la prescripción de fondo. Se la conoció como La Ley Piazza y en los casos de violaciones sobre todo, se empieza a contar cuando son mayores de edad o cuando deciden hacer las denuncias. Se convirtieron practicamente en imprescriptibles. Hay una realidad de libro. A las víctimas de abuso sexual, sean mujeres o varones les cuesta muchísimo tomar la decisión de denunciar”, indicó.
Miquelarena entiende claramente los términos y las consecuencias de la violencia de género.
Interactúa muchas veces a través de su red social para explicar la legislación en casos en que formadores de opiniones falten a la verdad o desconozcan el tema. “Quienes han sido víctimas de estos delitos, lo pueden llevar en el interior muchísimos años hasta que haya algún disparador en su vida que los impulsa a hacer la denuncia y a partir de ahí, se liberan. En buena hora que lo hagan. Es muy de libro que se demore mucho tiempo”.
“La gente toma esto como una cuestión menor o hasta como una suerte de poner en duda el verdadero padecimiento de la víctima. Se los cuestiona incluso sobre temas que duelen en el interior: por qué denuncia ahora, por qué esperó, y no se dan cuenta que todos esos años fue un calvario y no resulta nada fácil. En los años que llevo, he visto muchos casos de esta naturaleza. No es fácil”, puntualizó en tal sentido.
Ley Piazza
La ley Piazza se encuentra vigente desde noviembre de 2015 que fue promulgada. En esta norma se modifican los plazos que existían años atrás para la prescripción de los delitos contra la identidad sexual en victimas menores de edad. Lo que se modificó con esta ley es el artículo 67 del Código Penal: en cuanto a la prescripción.
Lo que dice ahora el texto de la ley es que en este tipo delitos, suspende la prescripción (mientras la víctima sea menor) habiendo cumplido la mayoría, haga la denuncia o alguna otra persona la realice. Antes se establecía que la prescripción comenzaba a computarse cuando la víctima cumplía la mayoría de edad. Con esta ley, el plazo empieza a correr a partir de la denuncia independientemente de la edad de la víctima.
“Rescate”
Coincidió Miquelarena en que la intervención judicial en los casos de delitos contra la integridad física, además de funcionar como marco legal y procedimiento para llegar a la condena, oficia también como herramienta de rescate de la víctima. “Gracias a Dios se cambió muchísimo. Tanto desde la contención social de las víctimas como de la contención judicial. En el caso propio de la provincia contamos con el Servicio Asistencia a la Víctima del Delito, que tiene vigencia aun antes que el Código Procesal Penal Acusatorio. Cuenta con un equipo multidisciplinario que hace el abordaje inicial para paliar las secuelas traumáticas de las víctimas. Los casos de delitos sexuales tienen connotación especial. El servicio está muy preparado y sirvió de ejemplo en muchas provincias del país”.
Reiteró una y otra vez que las víctimas que hayan sufrido algún tipo de abuso o violación “tiene que denunciar. Denuncien. No importa el tiempo. Luego se verá si hay algún acto interruptivo, si estamos a tiempo de llevar adelante la investigación. Ya el hecho de sacarse el trauma, ese sólo paso es sanador. Si luego se logra avanzar con la investigación y obtener condena muy mejor. Pero el mensaje es que denuncien”.
El testimonio
Consultado en torno a la importancia de que las personas que hayan sufrido algún tipo de atentado a su integridad física, violencia de género, abusos, o lo que fuera “sean escuchados y se les crea” trajo a la mente del procurador un cruce que tuvo en su cuenta de Twitter por una afirmación de una periodista que desde un canal nacional aseguro que ya no sería tenido en cuenta su testimonio “desconociendo la legislación” que existe sobre el tema. “Ese día que leí eso, me enojé. No es algo que suelo hacer, pero contesté. Esa red social lo uso para promocionar o publicitar las noticias del Ministerio Público Fiscal. En este caso se referían al último hecho que involucra al actor Darthes, una periodista decía como afirmando que luego de tanto tiempo no lo van a tener en cuenta, desconociendo que hay una cantidad, una gran cantidad de condenas y de teorías con respecto al testimonio y a la importancia que se le da”.
Y agregó: “El testimonio es una piedra angular en las evidencias al momento de condenar. Por supuesto, será en Cámara Gesell o en el juicio. Se ve según circunstancias y edad de la víctima. Es sometida a pericias psicológicas. Así como quedan heridas físicas cuando la violencia genere cicatrices en el cuerpo, también queda en la psiquis. Una buena prueba pericial lo determina. Hay muchas maneras de comprobar la veracidad de la víctima. las secuelas quedan, y las formas de verificar la credibilidad de la víctima existe”.
“Buen trabajo”
El buen trabajo que se viene realizando en Chubut sobre el tema violencia de género se relaciona a que los mecanismos, al pasar de los años, fueron aceitándose. “Acá tuvo mucho que ver también para la radicación de las denuncias, la creación de la Comisaría de la Mujer, fue un acierto sin dudas. También la permanente capacitación en lo que está relacionado a la revictimización secundaria. Es decir, aquellas situaciones que se someten más allá de la victimización ocasionada por el delito. Hay veces que cuando van a pedir ayuda al Estado, personas que no tienen empatía o la más mínima preparación en temas de victimología es tan o mas perjudicial que lo inicial. Con preguntas o tratos equivocados o erróneos. El típico ejemplo: qué hizo para que el agresor se enoje o cuando viene una mujer abusada, preguntan si la vestimenta provocativa. Tiene que quedar claro de una vez que “él no es no. En cualquier circunstancia o en cualquier momento. No es no”.
Advirtió el procurador provincial que “de acuerdo al mandato constitucional que tenemos de dictar políticas de persecución penal, hemos sacado importante cantidad de causas relacionadas a delitos sexuales, violencia de género, violencia intrafamiliar, con protocolo de actuación etcétera. Permanentemente vamos progresando en estas normativas. A veces dicen que tengo demasiada inflación normativa. Hay que ir acompañando”.
El sistema como respaldo
Informó Miquelarena que “una de las únicas reformas del Código Procesal Penal tiene que ver con los casos de violencia de género y el modo que deberían actuar al momento de dictar medidas de coerción cuando se trata de esos tipos de casos. Independientemente de los años o lo punitivo según el delito. Si el delito es sexual la pena es mayor. Lo importante es que la víctima sienta que el sistema lo respaldó, le creyó y el victimario tenga sanción”.
El victimario
El procurador señaló la importancia de destacar que “no solo nos quedamos en la defensa de la víctima, si bien somos los defensores de las víctimas. Estamos buceando en ver aquellas posibilidades que puedan aparecer en torno del tratamiento en torno del tratamiento para victimario”.
Agregó Miquelarena que “en este camino estamos. Enviamos a un psicólogo (Daniel Schulman) junto con 7 profesionales más de otras procuraciones a capacitarse en Barcelona sobre tratamientos en victimarios. Porque la pretensión del MPF es que al momento de una condena de un sujeto por un caso de violencia de género en forma conjunta, se lo obligue a hace tratamiento para controlar la ira y los celos, por ejemplo. Hay tratamientos que el juez al momento de condenar al imputado a tantas horas de trabajo comunitario además lo obligue a hacer algún tipo de tratamiento para evitar cualquier tipo de reincidencia”, concluyó.
Diariojornada