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La directora de Evaluación y Registros de Medicamentos de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat), Agustina Bisio, aseguró este martes que la documentación referida a la Sputnik V que recibió el organismo «es tan detallada como la de las otras investigaciones», y sostuvo que «las otras vacunas que están siendo autorizadas en el mundo tiene más incidencias de eventos adversos» que la desarrollada por Rusia.

«Tengan confianza porque estamos para cuidarlos», aseveró Bisio, quien destacó que, en el caso de la vacuna rusa contra el coronavirus, «la ocurrencia de los eventos no llega al 1 por ciento», mientras que, «los informes de las otras vacunas tienen muchos eventos adversos, y más serios y con mayor impacto al 1 por ciento».

En este punto, en relación a la Sputnik V, que comenzó a ser aplicada este martes en la Argentina, Bisio afirmó que, de acuerdo con la documentación analizada, «en los grupos etarios menores de 60 años» los efectos adversos alcanzaron «0,01 por ciento», mientras que, en el caso de «los mayores de 60 es de 0,02».

Además, la directora del área de Evaluación y Registros de Medicamentos de la Anmat detalló que la segunda dosis de la vacuna rusa se puede suministrar a partir «del día 21 y hasta el día 60» de la primera aplicación «y la cobertura de la inmunidad sería la misma».

Por otro lado, señaló que la intervención del organismo en la evaluación de la vacuna se realizó «en el marco del cumplimiento de la Ley 27.573 de vacunas, donde indica que la autoridad de revisión debe elevar un informe de recomendación al ministerio según los datos que nos proporcionaron de toda la documentación de los estudios clínicos».

«La Dirección de Evaluación y Registro es la encargada de evaluar toda la investigación que ocurre en la Argentina; y, si bien esta no ocurrió aquí, los datos fueron enviados para que el departamento evaluara su parte, como también se hicieron las evaluaciones de calidad en otros sectores de Iname (Instituto Nacional de Medicamentos), y también sobre la presencia de buenas prácticas de manufactura y de laboratorio en las plantas productoras», precisó Bisio.

Así lo expresó en declaraciones formuladas hoy a la FM Radio Con Vos, en las que destacó que «todo procedimientos de investigación o acto médico conlleva la ocurrencia de un evento adverso» y sostuvo que, a la luz de los resultados de los ensayos clínicos de la fase 3 de la Sputnik V, vieron que habían «efectos adversos» pero aclaró que «no están relacionados con la vacuna».

En este sentido, señaló que los doce eventos adversos incluidos en un documento interno de la Anmat sobre la vacuna rusa que trascendió a la prensa «se expresa al final que no están relacionados con la vacuna» y remarcó que se trata de «un número que no es significativo».

De hecho, indicó que debieron mencionarlos «no porque sea más grave sino porque hace a la transparencia del informe».

«Nosotros tenemos la documentación detallada que nos acercó el Ministerio (de Salud) y la documentación es tan detallada como la de las otras investigaciones», afirmó Bisio.

La medida rige de manera “preventiva” para el medicamento que se aplica en casos de gastritis, reflujos y otras afecciones estomacales.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) suspendió la elaboración de medicamentos que contengan ranitidina, aunque sugirió no interrumpir los tratamientos en curso y consultar con el profesional médico sobre alternativas terapéuticas.

La ANMAT publicó un comunicado en el que indicó: “esta Administración se encuentra trabajando y monitoreando el tema con el fin de establecer los lineamientos necesarios para fortalecer los procesos de control y evitar la presencia de la impureza N-nitrosodimetilamina (NDMA) en las especialidades medicinales que contenga el ingrediente farmacéutico activo mencionado y/o establecer los niveles aceptables de seguridad”.

“Tras haber analizado la evidencia científica disponible bajo los principios de precaución e incertidumbre del ingrediente farmacéutico activo ranitidina, actualmente no hay evidencia suficiente para sugerir la suspensión de los tratamientos con la misma”, aclaró el informe.

Por ello, hasta tanto se cuente con información fehaciente acerca del contenido de la impureza NDMA en medicamentos que contengan Ranitidina como principio activo, “se suspende preventivamente la elaboración de nuevos lotes en formas farmacéuticas orales por parte de los titulares de producto”, agregó.

La ANMAT, a pesar de ello, “sugiere no interrumpir los tratamientos, y en caso de existir alguna duda es el profesional médico quien deberá evaluar la alternativa terapéutica existente en el mercado apropiada para cada paciente”, concluyó.

El ingrediente investigado (la impureza NDMA, un subproducto de la ranitidina) se usa para tratar úlceras; reflujo gastroesofágico, una condición en la que el reflujo del ácido del estómago provoca pirosis (calor estomacal) y lesiones en el tubo alimenticio (esófago); y en aquellas condiciones en las que el estómago produce demasiado ácido.

Carlos Waldbaum, médico de planta de la División Gastroenterología del Hospital de Clínicas, indicó a Télam que “lo que se investiga es si la droga venía con un contaminante que no tiene que ver con la droga madre y que podría tener efectos cancerígenos, aunque la suspensión de la elaboración no debería ser un inconveniente porque en el mercado existen muchas alternativas más eficientes”.

“La ranitidina es una droga de segunda generación que ya fue superada por otras más modernas que tienen efecto más prolongado en el tiempo o generan menos tolerancia o requieren una dosis menor; por eso está bastante discontinuada en la práctica médica”.

“Esta es una droga de venta libre y los laboratorios que la publicitan no aclaran sus efectos no deseados, hay una proliferación del uso indebido de las drogas antiulcerosas bajo el concepto comercial de que son protectores gástricos, y por eso es muy importante que cualquier persona consulte al médico antes de utilizarlas para saber si de verdad necesitan un medicamento, cuál y en qué dosis”, completó.

Tras haber detectado una impureza con posible efecto cancerígeno, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps), ordenó la retirada del mercado, como medida preventiva, de todos los fármacos que contienen ranitidina en pastillas cuyo principio activo de se usa para tratar la úlcera de estómago y el reflujo gastroesofágico.

El pasado 13 de septiembre la Aemps, entidad que depende del Ministerio de Sanidad, advirtió a la Unión Europea de una revisión de los medicamentos que contengan esa droga por haberse detectado N-nitrosodimetilamina en algunos de ellos.

En tanto, la Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer de la Organización Mundial de la Salud califica a esa sustancia como de nivel 2A, “probablemente carcinogénico en humanos”.

Esta sustancia ha demostrado que aumenta el riesgo de cáncer de pulmón y otros en animales. Aunque en humanos no se han hecho los correspondientes estudios porque la sustancia es muy infrecuente.

El Ministerio de Salud de la Nación autorizó con “carácter de emergencia” la vacuna rusa contra el COVID-19 Sputnik V, desarrollada por el Centro Nacional Gamaleya de Epidemiología y Microbiología de Rusia. Las autorizaciones con carácter de emergencia que reciben los tratamientos y las vacunas contra el nuevo coronavirus Sars-Cov-2 se definen dentro del marco del tiempo pandémico que el mundo lleva adelante hace casi 12 meses.

Según el Fondo Ruso de Inversión Directa (RDIF), Argentina es el primer país latinoamericano en registrar oficialmente el Sputnik V en su territorio. “El registro se realizó a través de una autorización de emergencia (“emergency use authorization”). La vacuna fue aprobada por el regulador ANMAT sin ensayos clínicos adicionales en Argentina y en base a los resultados de los ensayos clínicos de fase III llevados a cabo en Rusia”, dicta el comunicado oficial de la RDIF.

Según detalló a este medio el médico infectólogo Roberto Debbag (MN 60253) “en la Argentina se presentan todos los documentos de las investigaciones preclínicas, Fases I, II y III, seguridad más los papeles de las técnicas de elaboración y las certificaciones de las fábricas, que también deben ser revisados por ANMAT para luego aprobar su producto”.

“En los últimos 20 años todas las vacunas que han sido aprobadas lo fueron lo con aprobación previa de la FDA o la EMA; esas son habitualmente algunas condiciones que hacen que la ANMAT tenga lo que se llama fast track que hace que algunos procesos sean más acelerados -precisó el vicepresidente de la Sociedad Latinoamericana de Infectología Pediátrica-. En la Argentina, desde el momento que un laboratorio presentaba una vacuna hasta que se aprobaban pasaban mínimamente dos años; ahora con la aprobación de las vacunas en AMAT pasarían a la Comisión Nacional de Inmunizaciones (CoNaIn) y ella es la que va a emitir una recomendación de su uso y a quiénes”.

Sobre qué alcances e implicancias tiene una aprobación de emergencia, el experto explicó que “con datos interinos no completos de la Fase III puede generarse una aprobación, pero ésta estará condicionada a que se haga una buena Fase IV, que es la vigilancia en tiempo real de la administración de la vacuna en un país y que debe ser lo suficientemente robusta como para documentar en forma activa y pasiva los efectos adversos que puedan ocurrir cuando aumente la cantidad de pacientes que superen la Fase III”. Además, aclaró, “la Fase IV mide la efectividad, es decir cómo impacta la eficacia que tiene en la población”.

El ministro de Salud Ginés González García había adelantado que “la ANMAT va a aprobar con toda la seriedad que corresponde a cualquiera de las candidatas que hoy están en el tramo final de la carrera”. “Lo que pasa es que depende de que le presenten la documentación pertinente, pero también creo que si hoy todas las punteras están manifestando a los países su voluntad de empezar a vacunar es porque claramente tienen los elementos necesarios para una autorización de emergencia”, aclaró.

Según informa el sitio de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) el organismo es el responsable de “regular todas las vacunas para uso en seres humanos, ya sean de producción nacional como así también las importadas”.”Para el caso de emergencias o cuando las condiciones sanitarias hagan necesaria la disponibilidad de vacunas en desarrollo o de reducida disponibilidad de datos de seguridad y eficacia, las mismas podrán ser autorizadas conforme al procedimiento específico establecido por esta Administración a fin de evaluar las condiciones de riesgo/ beneficio para la disponibilidad de esa vacuna en el marco de la estrategia que fije nuestro país”, comunica la página oficial de la agencia reguladora argentina.

La resolución, firmada por el ministro Ginés González García, se sustenta en una recomendación de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) que indica que la vacuna se presenta “como una herramienta terapéutica segura y eficaz de acceso” para que la Argentina “baje la mortalidad, reduzca la morbilidad y disminuya la transmisibilidad de la enfermedad COVID-19 producida por el virus SARS-Cov-2″.

Fuente: Infobae

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) autorizó en la noche del martes, de manera urgente y excepcional, la aplicación en Argentina de la vacuna contra el coronavirus desarrollada por el laboratorio Pfizer.

Por medio de una resolución, de esta forma el organismo aceptó el uso de emergencia de la vacuna del laboratorio estadounidense Pfizer y el alemán BioNTech.

En su página web, cerca de la medianoche, el organismo indicó que «Mediante la Disposición 9210/20, autorizó la inscripción en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) del producto «COMIRNATY/BNT162b2″, vacuna para el SARS-COV-2 de la firma PFIZER S.R.L.».

«La solicitud de inscripción presentada por el titular del producto se encuadra dentro de lo previsto en el Anexo I- Item 5 de la Disposición ANMAT 705/05, que prevé el registro de vacunas de interés sanitario en emergencias», agregó el organismo.

«El producto mencionado presenta un aceptable balance beneficio-riesgo, permitiendo sustentar el otorgamiento de la inscripción y autorización condicional del producto para la indicación solicitada. La misma se otorgó por el plazo de un año contado a partir de la fecha de la presente disposición, bajo la condición de venta bajo receta», añadió.

«Se deberá cumplir con el Plan de Gestión de Riesgo (PGR) establecido para el seguimiento estrecho de la seguridad y eficacia del medicamento y presentar los informes de avance, las modificaciones y las actualizaciones correspondientes ante el Instituto Nacional de Medicamentos (INAME)», cierra del documento que da luz verde a la primera vacuna contra el coronavirus Covid-19 en el país.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) aprobó el uso del suero equino hiperinmune para el tratamiento del coronavirus, que en los estudios clínicos demostró ser seguro y reducir la mortalidad casi a la mitad en los pacientes con Covid-19 severa, según dio a conocer la empresa Inmunova que desarrolló el medicamento.

El suero, denominado CoviFab, fue aprobado por la entidad regulatoria mediante el Registro Bajo Condiciones Especiales, luego de que demostró ser seguro y efectivo para el tratamiento de pacientes adultos con enfermedad moderada a severa en el estudio clínico de Fase 2/3. «El 9 de marzo tuvimos la primera reunión con el grupo de Covid en el Ministerio de Ciencia y Tecnología y ahí propusimos hacer un suero similar al que veníamos trabajando con el síndrome urémico hemolítico. Nos satisface poder contribuir con una opción terapéutica para mitigar los efectos de la Covid-19», dijo Linus Spatz, director de Inmunova, en la presentación de los resultados con medios de prensa.

El estudio

El estudio clínico evaluó la seguridad y eficacia del medicamento en 242 pacientes adultos (18 a 79 años) hospitalizados con enfermedad moderada a severa (confirmada por PCR), dentro de diez días del inicio de síntomas, donde a la mitad se le proveyó el suero hiperinmune INM005 y a la otra mitad un placebo. Se realizó en 19 hospitales y clínicas de AMBA, Neuquén y Tucumán, y el promedio de edad fue de 54 años, con una participación de 65% varones y 35% mujeres.

«El primer paciente se enroló el 1 de agosto y el estudio terminó el 26 de octubre. Recibieron dos infusiones de plasma, una cuando se los recibía y otra en 48 horas. La infusión tarda 50 minutos. A los pacientes se los siguió por 4 semanas con visitas claves los días 7, 14, 21 y 28», explicó Gustavo Lopardo, infectólogo y coordinador general del ensayo clínico. «Tenemos mucha tranquilidad con la seguridad, es decir, con los efectos adversos. Era una gran preocupación, pero nos sorprendió el resultado, no podíamos darnos cuenta de si el paciente había recibido suero o placebo», destacó.

El estudio mostró que el medicamento redujo la mortalidad casi a la mitad (45%) en los pacientes con Covid-19 severa, y los pacientes tratados registraron una reducción de la internación en terapia intensiva de 24% y del requerimiento de asistencia respiratoria mecánica de 36%, frente al placebo.

Los resultados

«Perseguíamos como objetivo que los pacientes bajen dos puntos en la escala ordinal de evaluación clínica de ocho puntos de la OMS a los 7, 14 y 21 días. Eran 60% moderados y 40% severos. En los severos fue donde más impacto tuvo el suero. La mortalidad en el grupo de placebo fue de 11,4%, mientras que los activos fue de 6,7%», precisó Lopardo.

Spatz aseguró que «el estudio clínico nos permitió determinar mediante el método científico que nuestro tratamiento anti-SARS-CoV-2 es seguro y eficaz con un beneficio clínico considerable, en especial en la población de pacientes severos, disminuyendo la progresión e impacto de la enfermedad».

El proyecto de suero equino hiperinmune recibió financiamiento del Ministerio de Desarrollo Productivo a través de un crédito del Fondep en el marco del Programa de Asistencia al Sistema Productivo Nacional que apoyó la generación de insumos, equipamientos y soluciones para mitigar los efectos de la pandemia por parte de PyMEs, industrias, emprendedores, universidades e instituciones científico-tecnológicas. A través de este programa, que puso en marcha la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y de los Emprendedores, se financiaron 214 proyectos por más de 2.300 millones de pesos, informaron desde el Ministerio encabezado por Matías Kulfas.

Fuente: Télam

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este miércoles la comercialización en todo el territorio nacional de una solución de dióxido de cloro y un agua alcalina hidrogenada, según publicó en el Boletín Oficial.

A través de la disposición 8783/2020, la entidad informó la restricción del producto identificado en su rótulo como: «Solución de dióxido de cloro (ClO2) 3000 ppm Los Ángeles CDS» en todas las presentaciones, por resultar ser ilegítimo.

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Según explica el documento, es un producto permitido y aprobado como sanitizante y de uso profesional en la industria sanitaria, alimenticia y gastronómica. Sin embargo, al desconocer las condiciones de elaboración y composición, «no se puede garantizar su calidad, seguridad y eficacia».

Además, teniendo en cuenta la situación sanitaria por la pandemia del coronavirus, «los organismos deben velar por la salud de la población y por la fidelidad de los productos que se comercializan», señala. En tanto, remarca que la OPS «no recomienda la utilización de productos a base de dióxido de cloro o clorito de sodio en pacientes con sospecha o diagnóstico de Covid-19, ni en ningún otro caso, porque no hay evidencia sobre su eficacia y la ingesta o inhalación de estos podría ocasionar graves efectos adversos».

Por otra parte, bajo la disposición 8784/2020, la Anmat prohibió el producto «Agua Alcalina Hidrogenada», pura salud, disfrutá de la pureza del agua alcalina, marca: Acqualina», por carecer de registros de RNE y RNPA resultando ser un producto ilegal.

 

La semana pasada se dio a conocer que el plasma de convaleciente con altos títulos (cantidad) de anticuerpos aplicado antes de que pasen 72 horas del inicio de los síntomas tiene un efecto beneficioso en personas mayores, según el anuncio del infectólogo Fernando Polack, director de la Fundación INFANT. Para la identificación de los donantes con plasma con capacidad terapéutica, los investigadores emplearon, entre otros, el test serológico “COVIDAR IgG” desarrollado en la Fundación Instituto Leloir (FIL) y aprobado por ANMAT en mayo pasado.

Cómo trabaja

“Los anticuerpos son la clave que está dentro del plasma. Funcionan cuando se administran tempranamente para pacientes leves mayores de 65 años que probablemente es la población que más lo necesita porque es la más vulnerable al coronavirus”, afirmó Polack en una conferencia de prensa. Y agregó que esa herramienta lo que hace es impedir que la infección evolucione a una neumonía grave.

El ensayo, que se realizó entre junio y octubre últimos, involucró a 160 adultos mayores de 65 años con al menos una comorbilidad (hipertensión, diabetes, obesidad, insuficiencia renal y/o enfermedad pulmonar obstructiva crónica), así como mayores de 75 años a los que se les administró plasma con alto contenido de anticuerpos dentro de las 72 horas del inicio de síntomas.

“No todos los plasmas de pacientes recuperados tienen potencial terapéutico. El test COVIDAR no solo detecta la presencia de anticuerpos en el plasma sino también permite determinar su cantidad. Esta información es muy importante para el proceso de donación ya que permite clasificar a los plasmas e identificar aquellos que tienen alto título de anticuerpos específicos para el nuevo coronavirus”, indicó Andrea Gamarnik, investigadora del CONICET en la FIL y líder del desarrollo de COVIDAR.

Asimismo, Gamarnik explicó que los plasmas con altos títulos son los más eficaces para ser empleados en las terapias ya que darían, aplicados en forma temprana, mayor protección en vista del estudio realizado por la Fundación INFANT. Y agregó: “Durante los últimos 5 meses en el instituto Leloir trabajamos intensamente en elaborar un protocolo para la cuantificación de anticuerpos en los plasmas de pacientes recuperados. Dicho protocolo fue compartido y distribuido en todo el país. De esta forma se pueden comparar los estudios realizados en distintas provincias y trabajar colaborativamente con protocolos estandarizados”.

Kits de “COVIDAR IgG”

La Fundación INFANT recibió kits de “COVIDAR IgG” para la titulación de plasmas de convalecientes por coronavirus para la realización del estudio clínico. De la cuantificación de anticuerpos y selección de los plasmas con capacidad terapéutica participaron Damián Álvarez Paggi, Sebastián Esperante y Adrián Ferreti.

“El kit ‘COVIDAR IgG nos permitió caracterizar a los donantes con altos títulos de anticuerpos de manera rigurosa, un paso esencial para el estudio”, indicó Esperante, un bioquímico y farmacéutico doctorado en biología molecular.

“El estudio de plasma fue un esfuerzo colectivo titánico en el que participaron literalmente cientos de personas durante muchos meses, con muchos obstáculos de todo tipo e incluso varios nos enfermamos de COVID-19 en el camino. Por la naturaleza del estudio nos enteramos de los resultados recién al final y en ese momento nos pusimos inmensamente felices de haber participado de este proyecto y haber hecho nuestro aporte a la validación de una herramienta real para tratar pacientes con COVID-19. Es, sin lugar a dudas, la investigación más significativa de la que he participado” señaló Álvarez Paggi, biofisicoquímico e investigador del CONICET en la Fundación INFANT.

“Nuestro estudio describe la primera estrategia en el mundo para detener la progresión del SARS-COV-2 con una intervención económica, universal, no sujeta a patentes, probadamente segura y que se puede administrar en forma ambulatoria en unidades de atención sin necesidad de hospitalización”, señaló Polack durante la presentación pública de los resultados.

“Actualmente se están preparando protocolos que podrán utilizar los plasmas de personas que se curaron para el tratamiento de personas con riesgo de adquirir formas graves de la enfermedad. Por este motivo se resalta la importancia de difundir la acción solidaria de donar plasma”, indicó Gamarnik.

Fuente: Agencia CyTA-Leloir/ El Diario

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica ( ANMAT) prohibió el uso, la comercialización y distribución en todo el país de dos marcas de alcohol etílico, según se publicó este martes en el Boletín Oficial.

En la disposición 8297/2020, la entidad informó que el «alcohol etílico 96° Maximum Purity, de uso hospitalario, cont. Neto 500 c.c. fraccionado y distribuido por Maximum Purity, industria argentina, queda inhabilitado por estar falsamente rotulado y en consecuencia ser ilegal».

La disposición 8298/2020 establece la prohibición del uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional del producto: “Alcohol etílico 96° de uso medicinal, Calidad Farmacopea Argentina. Contenido neto 500 ml Industria Argentina. Lote: 362/4, vto: 04/22, Elaborado y fraccionado por Alcohol Argentina, Empresa B Certificada” por carecer de registro y ser en consecuencia ilegal.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de una marca de miel en todo el territorio nacional por ser ilegal.

A través de la Disposición 8111/2020, publicada este viernes en el Boletín Oficial, la entidad informó que el producto elaborado para Agro Andina S.A, Chilecito, La Rioja carece de “autorización de establecimiento”. Además, está “falsamente rotulado al consignar un número de RNE perteneciente a otra razón social, resultando ser un producto en consecuencia ilegal”.

La decisión de la ANMAT tuvo lugar tras la denuncia de un consumidor a la Dirección de Bromatología de la provincia de Río Negro donde manifestó que el producto tiene las características organolépticas (textura, aroma y sabor) no propias de la miel. Por otra parte, el consumidor “aportó el domicilio del comercio en la ciudad de Bariloche, donde adquirió el producto investigado”.

Tras ello, la firma Agro Andina S.A. pone en conocimiento del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) que su nombre “se estaría utilizando como supuesto elaborador del producto”, ya que se dedica al procesamiento y elaboración de conservas vegetales, productos tomatados y vegetales congelados y que hace más de diez años tuvo relación con la empresa a la que se la vincula mediante la venta de miel de productores de la zona.

Por otro lado, la firma explicó que un particular se contactó con ellos vía email para manifestarles que adquirió el producto investigado en un comercio ubicado en la ciudad de Bariloche.

En consecuencia, la Dirección de Bromatología de la provincia realizó una inspección en dicho domicilio e intervino la cantidad de 14 envases de 250gr; 8 envases de 1000gr y 7 envases de 500gr ambos.

La disposición, publicada en el Boletín Oficial explica que la venta de dicho producto, así como también su producción queda prohibida en todo el territorio de la República “a fin de proteger la salud de los ciudadanos”, por “no poder ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado”.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) aprobó la fabricación de un respirador mecánico diseñado y desarrollado por instituciones privadas y públicas de Santa Fe aplicable a pacientes con problemas respiratorios como consecuencia de la COVID-19, informaron este martes fuentes oficiales.

El dispositivo, que automatiza el proceso manual de ventilar un paciente intubado con un resucitador, «cuenta con la ventaja de ser de fácil manejo y no requerir de aire comprimido», explicaron sus desarrolladores.

Y agregaron que «esta característica es muy importante para su uso en instalaciones de campaña o recursos de gases medicinales limitados».

El diseño y desarrollo del Ciclador Automático estuvo a cargo de la empresa Grupo Inbio SA, la Universidad Nacional de Rafaela (Unraf) y el Centro Tecnológico (Centec) de esa ciudad santafesina.

A partir de la habilitación de la Anmat, el Ciclador Automático de Resucitador para enfermos de coronavirus podrá producirse en Santa Fe y se comercializará y distribuirá en todo el territorio nacional, informó el gobierno provincial a través de un comunicado.

La secretaria de Ciencia, Tecnología e Innovación local, Marina Baima, sostuvo que «es vital que apoyemos este tipo de desarrollos tecnológicos para demandas específicas, estratégicas y con fuerte impacto en los grandes desafíos que tenemos en este nuevo contexto».

«Esto demuestra el éxito de nuestros científicos y emprendedores», dijo la funcionaria.

El director técnico de la fábrica de producto médico del Grupo Inbio habilitada por la Anmat, Guillermo Bernasconi, mostró su orgullo por «el aporte que realizamos como bioingenieros, colaborando con el sistema de salud en esta difícil situación que estamos viviendo como sociedad».

Según informó el gobierno santafesino, para apoyar el ciclo de respiración de pacientes con insuficiencia respiratoria es necesario asegurar parámetros ventilatorios que no es posible realizarlos de modo manual y por tiempo prolongado.

«La automatización del ciclador permite al médico configurar esas variables en función de las necesidades puntuales del paciente y, así, sostener su ciclo respiratorio», indicó.

En esa línea, agregó que «este es un dispositivo que puede suplir algunas de las funciones de un respirador artificial convencional».

Con el fin de garantizar que los materiales y elementos que entran en contacto directo con la persona hospitalizada sean seguros, se trabajó «con elementos estándares, ya probados para uso médico, lo que da la seguridad de que todos los elementos, como mangueras y válvulas, son elementos con certificación de Anmat y no generan riesgo para el paciente».

Mientras que «por fuera de este ‘circuito paciente’, el ciclador cuenta con un circuito electromecánico que es el que permite la configuración de los parámetros por parte del médico y realiza el movimiento que comprime y expande un almacenador flexible (es una vejiga hecha de un polímero especial) del circuito paciente», detalló la comunicación oficial.

«De esta forma –completó- no hay interconexión entre las partes electromecánicas y el flujo de aire enviado al paciente».