La diputada del PJ-FpV, Estela Hernández presentó un proyecto de ley para reconocer como actividad de colaboración de la medicina y la odontología, la que desarrollan los cosmetólogos, cosmiatras y esteticistas. Será el Ministerio de Salud que ejerza el control del ejercicio profesional y podrán ejercer aquellos que obtengan título o certificado habilitante expedido por universidades, escuelas e institutos nacionales, provinciales estatales o privados.
En uno de sus articulados se establece que el profesional de la Cosmetología, Cosmiatría y Estética Corporal deberá tener el título habilitante y la matrícula de la autoridad local competente, en las condiciones que se reglamenten, previa presentación de título o certificado oficial y siendo obligatoria su exhibición en el lugar de atención habilitado a tal fin.
Toda persona que ejerza esa profesión deberá tener un número de matrícula y rendir examen previo de suficiencia, ajustándose a las especificaciones previstas por la autoridad de aplicación y por la Asociación de Cosmetólogos de la Provincia del Chubut, aquellas personas que presentan títulos emanados de escuelas y/o institutos privados no reconocidos o que acrediten una antigüedad de diez años en tales funciones.
En cuanto a los locales de atención destinados al gabinete profesional de cosmetólogos, cosmiatras y esteticistas serán sujetos a su fiscalización y control de acuerdo a la normativa en vigencia por la autoridad competente para su habilitación.
Es necesaria una ley
En los fundamentos, la diputada Estela Hernández recordó que en Chubut se ha intentado reglamentar desde el año 2005 la actividad de los profesionales de la cosmetología pero el Poder ejecutivo de ese entonces veto el Proyecto Ley expresando que no se oponía al contenido y finalidad, pero no se podía crear un régimen normativo especial de una actividad que no cuenta con antecedente normativo nacional.
Además se esperaba que la Secretaria de Salud impulsara una reforma integral tendiente a la regulación de las actividades profesionales medico asistenciales, en coordinación con el Ministerio de Salud Nación para impulsar la unificación de criterios de dicha temática en las diferentes provincias y nunca ocurrió.
“Han pasado 11 años y es necesario que esta actividad tenga un marco adecuado de normas para el control del buen ejercicio de la misma.
Actualmente, en la provincia hay cientos de profesionales de la Cosmetología, Cosmiatría, Estética Corporal que intervienen en la actividad privada como gabinetes particulares, institutos de belleza, gimnasios, hoteles, SPAs, etc. y en Hospitales Públicos y Privados, dentro de los servicios de Dermatología, Cirugía Plástica, Flebología y otros, también relacionados”, dijo Hernández.
Indicó que los servicios hospitalarios más modernos cuentan dentro de su estructura con gabinetes cosmetológicos-cosmiátricos y estéticos corporales, que son llevados adelante por personas altamente entrenadas, cuya actividad no está reconocida por la ley en nuestra provincia, “actualmente existen antecedentes nacionales de la actividad como en la Provincia de Santa Fe, Córdoba, Mendoza, que están debidamente legislada. Y en el congreso de la Nación está el Proyecto de Ley para incluirla dentro del Artículo 44 de la Ley 17132”.
Para Hernández, no hay razón para que la provincia no regule dicha actividad, y a pesar que se busca tener una concordancia con la Ley Nacional, que no se logró hasta el momento, es conveniente acudir a la autonomía de la provincia plasmada en la Constitución Nacional y dictar nuestra propia norma para regular la actividad.