A pedido de la Fiscalía de Rawson, que lleva adelante la investigación, el juez de garantías Marcos Nápoli dispuso la prisión preventiva por el plazo de seis meses para un hombre de 30 años que en la media mañana del pasado sábado golpeó a su pareja de 20 años hasta producirle fractura de mandíbula, lesiones en gran parte del cuerpo a tal punto que a la mujer debió ser sometida a un aborto inducido, cuando llevaba diez semanas de gestación.
El hecho se produjo en un departamento de Playa Unión donde convivía la pareja desde hacía aproximadamente un año.
La Fiscal de Rawson y el juez coincidieron en calificar al hecho como “gravísimo y aberrante” al punto tal que de ser hallado E.V. culpable del delito que se le imputa, le podría caber una pena de efectivo cumplimiento con la posibilidad además de ser juzgado por un jurado popular.
La denuncia la realizó una médica que se hallaba de guardia en el Hospital de Rawson, ya que la víctima, por temor y encontrarse en estado de shock, no pudo hacer la denuncia. Inmediatamente, intervino la Fiscal General, Florencia Gómez, junto Leonardo Cheuquemán y Silvina Nicholson de la Fiscalía de Rawson.
Se realizaron todas las medidas de investigación y se tomaron testimonios muy importantes, como por ejemplo el de una vecina que escuchó los pedidos de auxilio de la mujer, S.S. de 20 años de edad. Además, se secuestró el teléfono celular del imputado a raíz de un mensaje que le envió a la pareja de la madre de la víctima, en donde justifica su accionar en presuntos golpes que habría recibido de S.S.
“Repugnante”
No obstante aclarar que se está en una etapa “larval” de la investigación que recién comienza, el juez Nápoli en su resolución tuvo en cuenta los argumentos del Ministerio Público Fiscal.
Dijo que la información con la que se cuenta hasta el momento es “contundente” y destacó las lesiones que el imputado tiene en sus puños.
Agregó que con los golpes a su pareja, el imputado “quitó la vida de su propio hijo, quitó una vida, que es el bien más preciado desde el punto de vista penal” para señalar luego el nivel de violencia en contra de la mujer “con lesiones en todo el cuerpo, fractura de mandíbula, además de los daños psicológicos”.
Dijo que el caso, así como fue descripto por la Fiscal Gómez, “alcanza altos niveles de gravedad y violencia” además de utilizar términos como “brutalidad y repugnancia” para concluir que se está frente a “un hecho espeluznante”.
Posible Juicio por jurado
El caso tiene hasta el momento una calificación jurídica provisoria y de ello se desprende la posible pena en caso de que E.V. sea hallado culpable. La pena prevista hasta el momento tiene un mínimo de 3 años de prisión y un máximo de 20. Nápoli expresó que en el devenir de la investigación puede quedar probada la gravedad del caso y la conjunción de varios delitos, con una pena que “puede superar largamente el mínimo e incluso la media”, con la posibilidad por ello de que tenga que resolverse con la conformación de un Juicio por Jurado.
La Fiscal General Jefe Florencia Gómez, Leonardo Cheuquemán y Silvina Nicholson, describieron las distintas diligencias realizadas hasta el momento, las pruebas con las que el MPF y la inspección ocular realizada en departamento donde se produjo el hecho, además de contar con varios testimonios importantes para la causa.
La Fiscal Gómez calificó el hecho provisoriamente como “aborto en concurso real, con lesiones graves, doblemente agravadas (por el vínculo, en contra de su pareja y en el marco de violencia de género) en calidad de autor” con una pena prevista de entre 3 y 20 años de prisión.
Los abogados defensores particulares del imputado, Martín Castro y Rodrigo Miquelarena, pidieron el arresto domiciliario para E.V. pero esta solicitud fue rechazada por Nápoli que adhirió al pedido de los fiscales por considerar que el imputado se puede fugar teniendo en cuenta que pesa un pedido de pena grave en su contra, además de la posibilidad de entorpecer la investigación.