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Hay varios sectores de Esquel con ocupaciones ilegales, con numerosos casos en barrio Badén, una situación que viene de varios años.

También hay construcciones precarias en partes altas, donde es difícil llevar servicios básicos. En los últimos días, unas cuantas familias cercaron pequeños espacios sobre la costanera del arroyo Esquel, en la jurisdicción de barrio Dr. Roberto “Chanico” Navarro. Plantaron palos para armar el alambrado con divisiones de terrenos, que ocupan pequeñas fracciones.

Elida Melín, presidente de la Junta Vecinal de ese sector, comentó que se acercó a dialogar con los vecinos, y “no me voy a poner en contra porque la gente está desesperada; se han quedado sin trabajo y no tienen recursos para pagar un alquiler. No soy quien para oponerme o juzgarlos; hay que ponerse en el lugar del otro”.

Al lugar fue personal de la Municipalidad y la Policía. “Pero están dispuestos a luchar por un pedacito de terreno para hacerse una casita, o que los reubiquen en algún espacio, porque no tienen para pagar un alquiler”. Algunos tendieron un nylon dispuestos a quedarse en el sitio. Algunos vecinos se quejaron. “Hay que ayudar, ser más solidarios y no juzgar, porque es gente que necesita un lugar para vivir”.

El Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito es un órgano auxiliar del Ministerio Público Fiscal, creado para garantizar los derechos de las víctimas del delito durante el proceso, ofreciéndoles asistencia integral.

El modelo de atención integral, se articula con asesoramiento jurídico, brindando orientación e información durante el proceso penal; asistencia y gestión social, para facilitar el acercamiento de los recursos institucionales que las víctimas pudieran necesitar; y asistencia psicológica para ayudarles a superar los efectos dañosos que el delito hubiera ocasionado.

El SAVD también lleva a cabo acciones de carácter preventivo a través del área Procomunidad, como por ejemplo capacitación, concientización, difusión y sensibilización de la problemática victimológica.

El equipo está integrado por profesionales de la psicología, trabajadores sociales y abogados. Es un servicio gratuito y confidencial, dispuesto para las víctimas y sus familiares. También los testigos de juicio pueden acudir al SAVD para que les facilite su participación activa en el proceso.

En la Oficina Única del MPF Esquel, el Servicio funciona en Alvear 543 1er piso.

El juez Alejandro Rosales, homologo el acuerdo de juicio abreviado solicitado por las partes, en el marco de una causa contra Sandro Guillermo Payahuala, acusado por el delito de encubrimiento por receptación. En consecuencia, el imputado fue declarado autor penalmente responsable del delito que le endilgo la fiscalía. Asimismo, se le impuso una condena de seis meses de prisión en suspenso.

En la sala de audiencias de la oficina judicial se desarrollo una audiencia de juicio abreviado. El acto judicial fue presidido por el magistrado Alejandro Rosales. La fiscalía estuvo representada por el fiscal Herminio Gonzales Meneses. El acusado ,recibió el asesoramiento legal de los abogados de la defensa publica Gustavo Oyarzun y Marcelo Catalano.

En la ocasión, Meneses explico que las partes solicitarían la aplicación del instituto de juicio abreviado para el tratamiento de esta causa.

Luego describió los medios de prueba documentales y testimoniales, que fueron incorporados en la investigación. En este marco, solicito a Rosales que homologue la aplicación de procedimiento abreviado.

A su turno, Rosales consulto a Payahuala si conocía el contenido y los alcances del acuerdo presentado por los representantes del Ministerio Publico Fiscal y la Defensa Publica. En este marco, el acusado admitió los hechos descriptos en la acusación, reconoció su participación y acepto la pena propuesta.

Por su parte, Catalano ratifico la vía propuesta por las partes y peticiono al magistrado que homologue el acuerdo.

Así las cosas, Rosales resolvió hacer lugar al pedido de aplicación del instituto de juicio abreviado. En consecuencia, dispuso declarar a Sandro Payaguala como autor penalmente responsable del delito de encubrimiento por receptación. Con respecto a la pena, el procesado fue condenado a seis meses de prisión, en suspenso.

Asimismo, se fijaron reglas de conducta mediante las que debe mantener su domicilio, presentare ante el cuerpo de delegados de control, una vez cada cuatro meses , durante dos años. También deberá asumir las costas del proceso.

Los hechos

El 06 de abril del año pasado, la policía realizo un allanamiento den la vivienda de Sandro Payaguala. La casa está ubicado en la calle Dorrego entre Rivadavia y pasaje sin nombre.

Allí los investigadores encontraron una serie de elementos que días previos, habían sido sustraídos en una casa del barrio «Parque Patagonia «.

En la casa de Payahuala encontraron: una campera tipo parka color verde, dos cajas conteniendo botas de dama, cadenitas de oro y plata ;un grabador; un secador de pelo; una tablet ; una mochila negra de cuero , una campera de cuero, un sweter, una calza gris, una campera negra y blanca y un pantalón para niños.

José Daniel Baiz (33) resulto imputado como presunto autor del delito de robo simple. La fiscalía lo investigara por la sustracción de una maquina hormigonera que se encontraba en una obra en construcción en el barrio «Parque 21 de junio». El juez Alejandro Rosales otorgo un plazo de cuatro meses para los representantes del Ministerio Publico Fiscal terminen sus tareas investigativas.

En la sala de audiencias de la oficina judicial se desarrollo una audiencia de formalización de la investigación preparatoria de juicio. El acto judicial fue presidido por el juez Alejandro Rosales. La fiscalía estuvo representada por la funcionaria Marisol Sandoval. El sospechoso recibió el asesoramiento técnico legal de los abogados de la defensa publica, Marcelo Catalano y Gustavo Oyarzun.

En la oportunidad, Sandoval relato que el hecho que investigaran se registro el 24 de septiembre del 2018 a las 15:00, en una obra en construcción ubicada en calle Etchezar del barrio «Parque 21 de junio».

Para los investigadores, en esa ocasión José Baiz rompió el vidrio de una ventana y sustrajo una máquina hormigonera. Luego traslado este elemento hasta una vivienda ubicada sobre la calle Etchezar en inmediaciones del barrio «25 viviendas». Finalmente indico que mediante una orden de allanamiento lograron recuperar la maquina hormigonera.

Asimismo, solicito un plazo de cuatro meses de investigación y que el imputado concurra a las oficinas de criminalística a los fines de que se le aplique el protocolo único de identificación de personas.

A su turno, Catalano no formulo oposiciones a la pieza de apertura y tampoco a los requerimiento del ministerio Publico Fiscal.

Así las cosas, Rosales resolvió tener por formalizada la investigación preparatoria de juicio contra José Baiz, en orden a los hechos descriptos y la calificación legal escogida por la parte acusadora. Asimismo hizo lugar a los pedido realizados por la funcionaria Sandoval.

Una mujer de 28 años dijo haber sido violada por un hombre en el kilómetro 3 de la ruta 11 de la ciudad balnearia. La víctima declaró tener «mucho temor» tras el ataque.

Una mujer de 28 años denunció haber sido abusada sexualmente en un complejo turístico que tiene la Asociación Judicial Bonaerense (AJB) en el kilómetro 3 de la ruta 11 de la ciudad balnearia de Miramar.

Si bien existe cierto hermetismo con respecto al caso, que tiene a su cargo Florencia Salas, hasta el momento no hubo ningún detenido.

Extraoficialmente, otras fuentes confiaron que la víctima atraviesa una situación «muy complicada» y de «mucho temor» tras el ataque. Los organismos asistenciales del Ministerio Público Fiscal ya se pusieron a disposición para colaborar con la víctima.

El hecho, según la presentación judicial por «abuso sexual con acceso carnal» presentada en la Comisaría de la Mujer y la Familia del partido de General Alvarado, se habría producido en la madrugada del viernes último, aunque recién trascendió este domingo

La mujer denunció que al bajar de un colectivo en el ingreso a «La ciudad de los niños», «fue atacada por un hombre sobre una calle paralela al camping de la Asociación Judicial Bonaerense»

Crónica

 

Es Santiago Márquez Gauna, magistrado de instrucción de Río Negro cuando encuadró la golpiza como “derecho a educar” del padre acusado. Tres años después, el Superior Tribunal de Justicia pidió una auditoría por el sobreseimiento.

El entonces juez de instrucción de la ciudad de Cipolletti (Río Negro), Santiago Márquez Gauna, encuadró una golpiza que un padre de la localidad de Catriel les dio a sus dos hijos menores en el “derecho a educar”, en el “poder de coerción” y en la “potestad de corregirlos”. El camarista Cesar Gutiérrez Elcarás al analizar las actuaciones manifestó asombrado: “Pareciera que mi reloj se quedó sin pilas unos cien años”.

Ahora el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) ordenó una investigación y una auditoría contra el primer magistrado por haber dictado el sobreseimiento del violento.

En la actualidad, Márquez Gauna fue promovido a fiscal jefe. El entramado judicial del caso fue bastante enmarañado. El camarista Gutiérrez Elcarás tomó conocimiento de la golpiza de los niños en un juicio por abuso sexual en el que otro hombre fue condenado a 9 años de prisión por corromper a otra niña. En ese debate se hizo mención a la causa de los golpes porque tenía familiares involucrados. Tras ventilarse los hechos y la decisión de Márquez Gauna, Elcarás se sorprendió por el dictado del sobreseimiento ante semejante golpiza.

Los hechos ocurrieron en 2015 cuando el actual fiscal en jefe era juez de instrucción y ordenó el sobreseimiento. La identidad de los imputados no se menciona para preservar la identidad de los menores. La causa se investigó bajo el viejo Código Procesal Penal que tenía al juez de instrucción como máximo responsable del proceso.

Durante el juicio por abuso sexual el acusado dijo que el proceso era una represalia por haber denunciado la paliza que recibieron los dos hermanitos. Márquez Gauna, quien participó del debate en su condición de fiscal, afirmó que esa causa “ya estaba cerrada” y que él mismo había dictado el sobreseimiento por no encontrar delito. Sorpresa se llevó el camarista Gutiérrez Elcarás (hoy jubilado) cuando revisó las actuaciones.

Finalmente el caso del abuso llegó al STJ con todas las constancias y el máximo tribunal provincial abrió una investigación contra Márquez Gauna.

“Este accionar violento nadie me lo saca de la cabeza porque la niña y el preceptor son creíbles y no tienen razón alguna para macanear, sumo a esto los certificados médicos que están agregados en la causa que el Juez sobreseyó por no constituir delito ahorcar a un niño, castigarlo con un cinto y utilizarlo de sparring o puchin ball para golpes de puño y patadas”, puntualizó Elcarás. Allí el juez también criticó al fiscal y a la defensora de menores por no apelar el fallo que quedó firme. Ahora el Superior Tribunal de Justicia (STJ) ordenó una investigación y una auditoría contra Márquez Gauna por haber dictado el sobreseimiento.

Según consta en la resolución que tiene fecha del 27 de septiembre de 2018, Elcarás manifestó con asombró la “naturalización” de las prácticas “criticables” del hombre que fue sobreseído en esta causa. “Sostener que, en el marco de la lógica y lo humanamente aceptable, educar a los hijos supone semejante castigo me parece criticable desde mi punto de vista (…) Casi al final de la segunda década del siglo 21 debería cuestionarse el uso del cinturón, los puñetazos, las tiradas al piso y las patadas posteriores, todo matizado con apretujones del cuello, insisto deberíamos por lo menos cuestionar tales métodos en el derecho de corregir a los hijos”.

Diario Jonada