Un reciente fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT) volvió a encender el debate sobre la naturaleza jurídica de las propinas en el sector gastronómico.
La resolución, que sostiene que estas gratificaciones están prohibidas por convenio y no deben integrar el salario, se vuelve especialmente relevante para el caso del restaurante Piegari, condenado en primera instancia a pagar una indemnización millonaria. La Información se extrajo de Noticias Argentinas, según informó el medio.
La CNAT reafirma que las propinas no constituyen remuneración
La Sala VIII de la CNAT ratificó la validez del Convenio Colectivo de Trabajo 389/04, que prohíbe expresamente a los trabajadores recibir propinas de los clientes.
El fallo, dictado en agosto de 2025 en la causa Tizón vs. El Mirasol, consideró que estos montos son una “liberalidad del otorgante” y no deben incluirse en la remuneración, incluso cuando el empleador tolere su percepción.
Esta decisión consolida un criterio que impacta directamente sobre la interpretación salarial del sector y marca un precedente para litigios laborales vinculados a establecimientos gastronómicos.
El impacto del fallo en el caso Piegari
El restaurante Piegari enfrenta una condena de primera instancia cercana a los 200 millones de pesos, luego de que la jueza Lucrecia Pedrini considerara como parte del salario unos 60.000 pesos mensuales recibidos por un ex mozo en concepto de propinas.
Estas sumas fueron decisivas para el cálculo final de la indemnización por 26 años de servicio.
La empresa apeló la sentencia argumentando que el monto “es inviable, nos funde y pone en riesgo 100 puestos de trabajo”.
En este contexto, la reciente resolución de la Sala VIII cobra relevancia, ya que su interpretación podría modificar sustancialmente el resultado de la apelación al excluir las propinas del cálculo salarial.
Una definición que excede el caso Piegari
El fallo no solo puede ser determinante para el futuro del emblemático restaurante, sino también para el conjunto del sector gastronómico. Si la Cámara mantiene el criterio que sostiene que las propinas no conforman remuneración, los pasivos laborales estimados por diversas empresas podrían modificarse de manera notable.
La resolución también aporta claridad en un escenario donde, pese a la prohibición del convenio, la práctica de otorgar y recibir propinas continúa siendo habitual en restaurantes y cafeterías de todo el país.




