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Una causa en la que se investigan presuntas estafas llevadas adelante en perjuicio de un joven que heredó numerosos inmuebles y varios vehículos, llegó a una instancia en que los jueces deberán resolver sobre la impugnación presentada por las defensas a una decisión del doctor José García, quien no hizo lugar a la posibilidad de la aplicación de medidas alternativas, al no contarse con el consentimiento de la propia víctima, la querella y la fiscalía.

Así quedó en evidencia durante una audiencia desarrollada en sala de la oficina judicial, tercer piso de tribunales, donde los defensores insistieron ante los jueces para que se de validez a la salida alternativa con la restitución de varios bienes afectados. En tal sentido se expresaron la defensora pública Romina Rowlands representando al imputado Diego Armocida, Gustavo Uad que ejerce los derechos legales del escribano Agustín Ojeda Ton y el abogado Daniel González quien asume su propia defensa al ser otro de los imputados en el caso. Se opusieron a la solicitud y piden confirmar la decisión del magistrado García, el fiscal genera Fabián Moyano, la querella representante del jóven perjudicado y la asesoría de familia en las personas de Fernanda Baskov y Pablo Rey.

Hechos

De acuerdo a la acusación ya elevada por la fiscalía, se hace saber que de acuerdo a las disposiciones del artículo 291 del código procesal se entiende que la investigación proporciona elementos suficientes para someter a los investigados a juicio. Así se hace saber que el jóven víctima es hijo único que se domicilia en la localidad de Gaiman. A raíz de la muerte violenta de su madre, hecho de público y notorio conocimiento, ocurrida el 21 de agosto de 2009, quedó de un día para otro desvalido y sin personas cercanas que lo aconsejen y orienten ya que era su madre la única que se encargaba del control de los bienes, del cobro de alquileres, del pago de las deudas y el manejo de fondos depositados en entidades bancarias. A su trágica muerte, desconocía todo manejo al respecto y no tenía noción de la cantidad de bienes, propiedad de sus padres. En la necesidad de organizar su situación, inició y concluyó los trámites sucesorios y a partir de allí tomó cabal conocimiento de los bienes que componían el acervo hereditario, sumando doce propiedades inmuebles localizadas en Gaiman,

Trelew y Playa Unión, además de dos vehículos automotores

A mediados de 2011, el damnificado conoció a Diego Sebastián Armocida, quien junto a su familia se fueron acercando manifestándole que lo apoyarían con su ayuda. El citado tenía en ese momento un negocio de venta en la calle, una panchería que funcionaba en la plaza central de Gaiman. Encontrándose totalmente solo el joven perjudicado, Armocida se fue ganando su afecto y confianza, y antes de fin de año le manifiesta que lo desalojaban de la chacra donde vivía en ese momento y le manifiesta la posibilidad de ocupar un espacio donde vive la víctima y es así que se instala en el lugar, pone llave y se maneja como dueño del sitio a partir de la posesión.

Rápidamente Armocida empieza a interesarse por los bienes sucesorios, mantiene interés por ver las escrituras y contratos de alquiler que celosamente guardaba la madre en la chacra donde vivían accediendo el imputado a esos documentos. De esta forma, empieza a presionarlo para ver a su letrado manifestándole que era importante recuperar el vehículo propiedad de su madre y que se encontraba secuestrado, dado que fue utilizado por los delincuentes que la asesinaron. Finalmente lo convence de cambiar el abogado para lo que era necesario firmar unos papeles y entre otros trámites, le hace otorgar un poder judicial en la escribanía de Ojeda Ton, a favor del abogado Daniel González.

Ya instalado en la chacra donde vive, de un día para otro Armocida se hace de todas las escrituras, documentos y contratos de alquileres que su madre, antes de fallecer, guardaba en su domicilio y en diciembre de 2011 comienza a firmar varios documentos inducido por el imputado sin tener pleno conocimiento de las consecuencias legales de los mismos, comprendiendo recién ahora cuál fue la implicancia. La acusación se basa en varios hechos, como ya se expresara ocurridos a partir de 2011, siendo el más importante aquel en el que se imputa a Diego Armocida, el abogado Daniel González y el escribano Agustín Ojeda Ton, todos actuando con la misma finalidad, con un plan común consistente en hacer firmar al damnificado documentos con efecto jurídico dañino a su patrimonio, repartiendo tareas, abusándose de la inexperiencia y la incapacidad del afectado, previo convencerlo que iba a firmar instrumentos beneficiosos para su patrimonio, el día 18 de junio de 2012, Armocida y el abogado González lo llevaron a la ciudad de Rawson, con la excusa de firmar una documentación de importancia para su patrimonio y en la escribanía de Agustín Ojeda

Ton le hicieron firmar varios instrumentos, ignorando completamente la víctima lo que estaba rubricando, pero convencido que resultaría beneficioso para su patrimonio. Así, a través de la firma simultánea de varias escrituras, todas el mismo día ya señalado, la víctima ante el escribano público y sin recibir suma alguna de dinero, vendió e hipotecó casi todas sus propiedades

Calificaciones

El Ministerio Público Fiscal imputa a Diego Armocida la comisión del delito de estafa por captación de incapaz del artículo 174 inciso 2 del código penal, diez hechos en concurso real ( artículo 55 del código), al abogado Daniel González y el escribano Agustín Ojeda Ton, de acuerdo a estafa por captación de incapaz, nueve hechos en concurso real. También se imputa a Aristóbulo Villegas por el delito de estafa por captación de incapaz en concurso ideal con el delito de administración fraudulenta del artículo 173, inciso 7 del código penal, ya que este último participó en la administración de un bien inmueble perteneciente al jóven, el cuál vendió haciéndose de un poder, obteniendo un vehículo y varios cheques de tal operación. Villegas no participó del pedido de medidas alternativas, como si lo hicieron el resto de los imputados.

Subsidiariamente, para el caso de estimar el tribunal que no se dan los extremos para captar la conducta de los imputados en la figura del artículo 174 inciso 2 del código penal, el fiscal Moyano solicitó sean condenados por el delito de estafa, habiendo mediado abuso de confianza y engaño hacia la víctima

Ofrecimiento de solución alternativa

En la audiencia de impugnación los defensores hicieron saber que existieron reuniones donde se habría llegado a un acuerdo para una solución alternativa, admitiendo que se ofrecieron algunas propiedades para ser restituídas al jóven, y así dejar sin efecto el proceso penal, sin perjuicio de una causa civil. Pidieron ir a una instancia de mediación.

Sin embargo, tanto el fiscal como la querella manifestaron que si bien se llevaron adelante reuniones buscando arribar a algún acuerdo, en ningún momento existió el compromiso para aceptar una oferta de tal naturaleza. La fiscalía expuso un peritaje determinando que el perjuicio al año 2017 era de casi 28 millones de pesos, lo que al día de hoy aumenta considerablemente. En tanto, la asesoría de familia informó que fue convocada en su momento por el Juez para contener y asesorar al jóven y no estaba al tanto de ningún ofrecimiento al respecto, por lo que adhería a la oposición fiscal y de la querella.

Resolverán el 6 de mayo

Los Jueces Adrián Barrios, Alejandro Defranco y Carina Estefanía, que participó desde Esquel a través de video conferencia, deberán resolver acerca de la decisión adoptada por el doctor José García, quien no hizo lugar al pedido de solución alternativa en el marco de los artículos 47 y 48 del código procesal, dando cuenta que no se cuenta con el aval de la parte acusadora ni de la propia víctima. En tal sentido, los integrantes del tribunal comunicaron que la resolución la darán a conocer el 6 de mayo a las 12,30.

El juez Jorge Novarino informo su resolución luego de la última audiencia vinculada a las causas judiciales, respecto a la investigación  por delitos de administración fraudulenta,  que tuvo como víctima a la Municipalidad de Sarmiento.

En la oportunidad, el magistrado  declaro la extinción de la acción por prescripción, respecto al ex intendente Sebastián Balochi y  el ex funcionario municipal Rubén Camarda,  por los hechos calificados como incumplimiento de los deberes de funcionario público y deberes de oficio, en carácter de autor.

El mismo dictamen corresponde  para el contador Daniel Miguens, la empleada municipal Estela Rúa, la ex funcionaria Graciela Nuñez y el ingeniero Carlos Almeida.

También  hizo lugar parcialmente al  planteo de oposición a la apertura de la investigación penal preparatoria, que  formulo el defensor Marcelo Catalano,  a favor del empresario  Pablo Diez,. En este sentido, ordeno al Ministerio Público Fiscal,  que  readecue o precise, la calificación legal provisoria.

En la sala de audiencias de la Oficina Judicial se desarrollo una audiencia de apertura y ampliación de la investigación preparatoria de juicio. El acto judicial fue presidido por el magistrado Jorge Novarino. El Ministerio Publico Fiscal, estuvo representado por la fiscal Laura Castagno y la funcionaria Marisol Sandoval.  También asistieron los abogados de la Defensa Publica, Gustavo Oyarzun y Marcelo Catalano, como asesores legales de los imputados Balochi, Camarda, y Pablo Diez. No estuvieron presentes la imputada Graciela Nuñez y el profesional Carlos Almeira. Tampoco asistió la abogada Karina Aizpitiarte,  representante legal de la empleada municipal Estela Rúa.

Las palmas de alumbrado publico

En la oportunidad, Sandoval relato que mediante la nueva presentación, pretendían rectificar errores materiales y también requerir se fije audiencia de ampliación de apertura de la investigación. Las representantes de fiscalía, consideraron necesario plantear una formulación principal y otra alternativa.

En los hechos principales a investigar, sostienen que el caso se trata de la defraudación de la que fuera víctima la Municipalidad de Sarmiento, por las autoridades que tenían a su cargo la administración y cuidado de sus bienes. Los funcionarios en ese periodo fueron el ex intendente  Sebastián Balochi y el ex  secretario de coordinación de gabinete, Rubén Camarda (2011-2015).

La pieza judicial, señala que entre los meses de junio y agosto del 2015, mediante resolución n° 528/15, el intendente  Sebastián Ángel Balochi, junto al secretario de gobierno y coordinación de gabinete, Rubén Alberto Camarda y el secretario de hacienda Daniel Miguens,  decidieron adquirir- mediante concurso privado de precios- 33 palmas de alumbrado público por el valor de  678.810 pesos.

Estos elementos debían ser destinados a la iluminación de la Avenida 2 de abril. Por otra parte, la fiscalía asegura que la compra se realizo  por un monto significativamente superior al valor de plaza, provocando un claro perjuicio económico a la administración pública municipal.

En este contexto, la representante del Ministerio Publico Fiscal, detallo que la operación de compra fue llevada adelante con la firma “Caño Sur S.A.”, en tres etapas durante el año 2015.

La primera consistió en la compra de 23 palmas de alumbrado público, por el monto  473.110 pesos. Esta operación  fue abonada el día 21 de julio mediante concurso privado de precios.

Asimismo, la segunda adquisición consistió en la compra de 4 palmas  por el valor  82.280 y  fue remunerada el 31 de agosto . A todo ello, menciono  la última compra de 6 palmas de alumbrado público realizada el 17 de junio y  la Municipalidad pago 123.420  pesos.

La pieza de apertura de la investigación, asegura que estas dos últimas adquisiciones se efectuaron  a través de la modalidad de compra directa.

Con respecto al procedimiento de compra,  afirmo que el mismo resultó violatorio de las normativas existentes en la materia, por cuanto el Concejo Deliberante no efectuó la autorización prevista en la Ordenanza N° 49/12, mediante la cual se establece el Sistema de Compras y Contrataciones.

La parte investigadora, asegura que los funcionarios políticos violaron el deber a su cargo al contratar Pablo Diez, el representante de la empresa «Caño Sur «,  para  la adquisición de columnas de alumbrado público, a un precio significativamente mayor al de plaza.

En este contexto, sostienen que se evidencia la clara intención de provocar daño en el erario público municipal y de beneficiar a la empresa contratante.

Para ello,  los imputados habrían simulado un concurso de precios privados que no fue tal. A ello, agrego que previo a su adjudicación se registra una compra directa a favor del mismo proveedor, por idénticos productos e igual precio.

En el relato destaco que el 17 de junio del 2015, Rubén Camarda cumplía funciones como intendente interno de la municipalidad de Sarmiento. La  coordinación de gabinete, estaba a cargo de Graciela Nuñez. Ellos emitieron una orden pago  y abonaron a la empresa «Caño Sur» la compra de seis columnas de alumbrado público, por la suma de 123.420 pesos. La disposición  también estaba firmada por el contador Daniel Miguens y la administrativa Estela Rúa.

La parte investigadora, afirmo que en esa orden de pago, no existen menciones o ediciones respecto a situaciones de emergencia. En este contexto, consideran que  Miguens y Rúa, omitieron  de informar por escrito a su superior, la tramitación de un concurso de precios.

A ello agrego, que durante la investigación se pudo establecer que un empresario  amigo del procesado  Pablo Diez, señalo fue junto al apoderado de «Caño Sur» a la municipalidad de Sarmiento, para participar de una cotización. Asimismo habría asegurado que no hubo  entrega ningún  presupuesto a la corporación municipal.

Por otra parte, en relación al concurso privado de precios, el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Chubut, observó que los tres pedidos de presupuesto -confeccionados por la Municipalidad de Sarmiento – no contaban con datos mínimos y necesarios como fecha de entrega, condiciones, plazo de mantenimiento de la oferta, lo que hace que las cotizaciones no sean comparables.

Calificaciones jurídicas

Por último, explico que las calificaciones jurídicas provisionales que se atribuye a los imputados.   Sebastián Ángel Balochi será investigado como presunto autor  del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, en concurso ideal con el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público.

En tanto, pidió que se impute  Rubén Alberto Camarda, como presunto autor del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, en concurso ideal con el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público.

En este sentido, Sandoval peticiono que se investigue a la ex funcionaria Graciela Núñez, por el  del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, al haber infringido la obligación impuesta por el artículo 95 de la Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales. Para el contador Daniel Miguens y la administrativa Estela Rúa, correspondería la imputación del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público por haber omitido la obligación prevista en el artículo 25 de la Ley V N° 71.

Finalmente,  el empresario Pablo Diez, deberá  ser investigado por el delito de administración fraudulenta agravada,  por ser cometida contra la administración pública, en calidad de partícipe necesario .

La escuela de artes y oficios

Por su parte, Castgano desarrollo la acusación alternativa indicando  que el  2 de junio del 2015, mediante resolución N° 526/15, el ex intendente municipal  decidió instrumentar un proceso licitatorio para la construcción de la Obra Escuela de Artes y Oficios. La fecha tope para la recepción de ofertas, fue establecida para el 3 de julio de ese año. En tanto, la apertura de sobres, se programo para tres días después.

Asimismo, se publicaron avisos haciendo saber que el presupuesto de la obra sería de 8.352.136 pesos. Ante la falta de oferentes, el gobierno municipal resolvió prorrogar dichos plazos. Así las cosas, el  7 de agosto de dicho año se procedió a la apertura de sobres, con dictamen legal y de la comisión de pre adjudicación.

En este marco, la construcción de la obra  se adjudico a la Empresa «Ledesma». En este sentido, la investigadora  señalo que en esta ocasión, el presupuesto fue  por un monto de 10.406.079 pesos. Un 24,59% por encima del presupuesto inicial.

Por otra parte, la investigación sostiene que el 26 de noviembre del  2015 ,se adjudico la obra. En tanto, el 2 de diciembre, se celebro el contrato de construcción de Escuela de Artes y Oficios, entre el ex mandatario municipal y el representante de la Empresa Constructora «Ledesma y Cía. S.R.L».

Al día siguiente, la empresa constructora solicitó “Anticipo Financiero en Contrato”. La parte investigadora,  afirma que la compañía realizo ese pedido , sin intervención de la Dirección de Rentas de la Provincia de Chubut y sin dar razones del apartamiento del pliego de bases y condiciones.

Al llegar  el 4 de diciembre,  Rubén Alberto Camarda -a cargo de la intendencia municipal- , resolvió pagar el anticipo solicitado por la empresa Ledesma. El monto requerido fue  de 2.081,216 pesos.

En este contexto, las acusadoras consideraron que el procedimiento resultó violatorio de las normativas existentes en la materia. El proceso establece que el Concejo Deliberante, debe efectuar  la autorización prevista en la Ordenanza N° 49/12, mediante la cual se establece el Sistema de Compras y Contrataciones.

La legislación local , en su artículo cuatro, indica: “Corresponde al Concejo Deliberante autorizar la contratación de ejecución de obras públicas municipales, su conservación y mantenimiento. En el acto de autorización el HCD establecerá las modalidades de contratación y aprobará el pliego de bases y condiciones dentro de lo establecido en la ley XVI N° 46”.

Para Castagno,  Balochi y Camarda,  deliberadamente ignoraron cumplir con la  normativa. En tanto, el contador Miguens y la empleada municipal Estela Rúa,  omitieron informar por escrito a su superior, acerca de la ausencia de autorización u ordenanza que habilitara la realización del trámite licitatorio correspondiente y aprobara los pliegos de bases y condiciones.

A todo ello agrego, que  Rubén Camarda y Daniel Miguens, incumplieron con la obligación de oponerse a la realización del proceso licitatorio, ni tampoco formularon por escrito objeción alguna.

Finalmente, explico que requerirá investigar a Sebastián Balochi por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público y los deberes del oficio. Al profesional Daniel Miguenz y  la administrativa Estela Rúa, el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público por haber omitido la obligación prevista en el artículo 25 de la Ley V N° 71.

Por último, al concejal  Rubén Camarda le imputaran  el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, en dos hechos.

Prescripción y sobreseimientos

El abogado Marcelo Catalano, planteo al magistrado el pedido de prescripción de la causa. En este sentido, argumento que  el acto  de apertura de investigación fue el  28 de abril 2018.  Mientras que, los delitos habrían sido cometidos durante el año 2015.

De acuerdo al análisis del defensor, sus asistidos dejaron de cumplir funciones en el gobierno municipal,  desde el 10 de diciembre del 2015. De modo que cuando se formalizaron las investigaciones preparatorias de juicio, ya no desempeñaban el rol de funcionarios públicos.

Con respecto al empresario Pablo Diez, sostuvo que no se le puede imputar la comisión del delito de administración fraudulenta contra el estado, porque es un delito que solo puede ser atribuido a funcionarios.

En este orden, destaco que Diez presento su presupuesto,  junto a otras empresas. El comerciante  gano la compulsa de precios y fue el estado el que decidió adquirir sus productos.

Asimismo, Oyarzun explico que la ley determina que desde el 10 de diciembre del 2017, los hechos están prescriptos. En tanto, la fiscalía requirió la apertura de investigación en mayo del 2018.

Finalmente, el juez Novarino se retiro para analizar las peticiones de las partes y esta mañana informo su resolución.

La caldera

En la oportunidad, Castagno anticipo que en los próximos días, presentara un escrito de pedido de sobreseimiento para los imputados, en una causa de administración fraudulenta por la compra de una caldera para el edificio municipal.

La investigadora, manifestó que no reunieron los elementos suficientes para presentar una acusación contra los procesados.

Este legajo de investigación, indica que  el   22 de septiembre de 2015,  el titular del ejecutivo municipal de Sarmiento, el ex Intendente Sebastián Balochi, junto al Secretario de Coordinación de Gabinete Rubén Camarda,  adquirieron, mediante contratación directa, una caldera de hierro fundido marca “JIT”, modelo “F-62” de 80.000 calorías  a la firma “Thermosar”. Para ello libraron una orden de compra a nombre del titular del comercio.

Asimismo, agrego que la orden de pago se emitió el  30 de septiembre de 2015. La disposición fue suscripta por Balochi, Camarda y Daniel Miguens (ex Secretario de Hacienda),  y la misma fue por un monto de  más de 130.000 pesos.

Para los investigadores, esta suma de dinero, es sensiblemente superior al valor real de mercado por ese entonces de esa unidad. En esta línea de análisis, indicaron  que se habría  obligado de esta manera abusivamente al Estado Municipal de Sarmiento.

La operación de compra fue llevada adelante con la firma “Thermosar”. También se informo que esta empresa, adeudaba pagos de tributos a la Municipalidad de Sarmiento, correspondientes  a las tasas de comercio e industria e ingresos brutos.

La parte  investigadora, asegura que la ordenanza 49/2012, en su artículo 23 inciso c, impedía tal acuerdo comercial. No obstante se llevó adelante la operación, con el fin de procurar para la empresa un lucro indebido.

Hay 10 causas abiertas contra ex funcionarios del período 2016-2017 por el manejo de fondos públicos. Sin embargo, lo ocurrido la última semana deja una sensación en la opinión pública, que podría definirse como “no va a pasar nada”.

La expectativa creada en torno a la fecha del 12 de marzo para el comienzo del juicio oral y público por la causa Embrujo, el primero de una serie de casos resonantes de corrupción vinculados a funcionarios de la última gestión provincial, se empantanó antes de dar inicio.

Como si fuera un partido de fútbol muy esperado, que ya tenía los jugadores en la cancha y la gente en las tribunas, pero que antes del pitazo inicial del árbitro, quedó en suspenso por el reclamo de la mala inclusión de algunos jugadores. Es decir que el match, o sea el juicio, no empezará hasta que no se resuelva qué jugadores van a participar.

Lo ocurrido la última semana deja una sensación en la opinión pública, que podría definirse como “no va a pasar nada”, y se escuchan frases como “al final no va a quedar nadie en cana”.

Son reflejos de la mirada del vecino de a pie que en algún momento del año pasado se asombró primero, y luego se entusiasmó al ritmo de las detenciones y los allanamientos en medio de una gran crisis económica, lo que despertó el reclamo de que un grupo de funcionarios eran los culpables a nivel provincial de haberse robado todo y la justicia debía caerles con todo el peso y hacerles pagar con años de cárcel.

Las encuestas a nivel nacional arrojan que la mala imagen que tienen los argentinos del Poder Judicial llega a cifras cercanas al 80 % (los otros poderes no están mucho mejor), a partir de denuncias y escándalos como los que se están viviendo en Comodoro Py.

PODER JUDICIAL Y CIUDADANOS

En el plano provincial, lo que se nota en estos días es el desfasaje entre los tiempos de los ciudadanos y el del sistema judicial. A pesar de que en muchos casos, luego del famoso “sobre bomba” que llegó a la Legislatura en agosto de 2017, las investigaciones avanzaron a pasos agigantados, el común de la gente cree que las causas están frenadas y que todo corre peligro de quedar en la nada.

Es difícil eliminar esa sensación, por más que se pongan ejemplos que sirven de comparación: la causa Embrujo fue llevada a juicio apenas un año después de las detenciones de Correa y su entorno, mientras que otro caso similar por tratarse también de funcionarios y empresarios locales, como fue la Megacausa del Banco del Chubut, demoró 7 años en juzgar a los culpables, que fueron detenidos en 2002 y condenados en 2009.

EL PANORAMA GENERAL

En total hay 10 causas abiertas contra ex funcionarios del período 2016-2017 por el manejo de fondos públicos, a las que podría agregarse una décimo primera contra el ex titular del ISSyS, Cristian Eguillor, en los próximos días.

De las que están abiertas, hay distinto grado de avance, en un panorama que conviene repasar por la magnitud de implicados que se pierde con el paso de los meses.

Además del juicio por la causa Embrujo contra el ex subsecretario de Unidad Gobernador, Diego Correa y su entorno, ya fue elevada a juicio oral la causa contra el ex subsecretario de Servicios Públicos, Pablo Korn y el empresario Darío D´Amico por presuntas negociaciones incompatibles durante la emergencia climática. Y ya están presentados los pedidos de elevación a juicio de otras dos causas: la de enriquecimiento ilícito contra Oscar “Chito” Alarcón, y la de encubrimiento contra el empresario automotriz de Trelew, Fabricio Parra, vinculado al entorno de Correa.

Por otra parte, la causa Revelación es la más importante en cuanto a magnitud y lleva 10 meses de investigación: tiene 40 imputados pero espera la definición sobre 15 pedidos de probation de empresarios de la construcción.

En ese caso, el plazo para la acusación expira el 22 de junio, y se cree que podría ir a juicio antes de fin de año. También están avanzadas las causas de compra de elementos para la Emergencia Climática y del alimento para mascotas Royal Canin (ambas vinculadas al temporal de 2017 en Comodoro Rivadavia). En estos casos también se espera que haya pedido de elevación a juicio antes de mitad de año.

Además hay otras dos causas vinculadas al área de servicios públicos, sobre las que no hay novedades desde hace un buen tiempo. Una se sustancia en Puerto Madryn, también contra el dúo Korn-D´Amico, por contrataciones del sistema cloacal de Puerto Pirámides. Y la otra contra un grupo de funcionarios que contrataron de manera directa la obra de la estación transformadora para el barrio Stella Maris de Comodoro Rivadavia.

EL PROCESO

Todas las causas anteriores se iniciaron a mediados del año pasado. Más reciente fue la apertura de la causa por contrataciones de empresas para eventos contra ex funcionarios del IAS, que tiene 7 imputados. Y se cree que puede haber novedades en breve con la denuncia por la contratación de cámaras de video vigilancia, que aún espera peritajes en la etapa preliminar por parte de los fiscales.

Todo este panorama se abrió luego de aquel sobre con documentación dejado subrepticiamente en la Legislatura hace 18 meses. En total 10 causas, que suman más de 80 imputados entre ex funcionarios y empresarios. Pero aún no hay condenados, y la opinión pública está impaciente.

EL IMPASSE EN EMBRUJO

Volviendo a la causa Embrujo, las “maniobras dilatorias” –tal como se calificó desde la querella a la estrategia aplicada por los abogados defensores- no sorprendieron y se venían adelantando desde hace tiempo.

Los litigantes que representan a cada uno de los 12 imputados argumentan que no fue algo premeditado el esperar a un nuevo tribunal para recién ahora plantear los pedidos de probation, que podrían haberse hecho en la etapa de instrucción.

Explican que el juez natural de la causa, Sergio Piñeda, jamás accedió a ninguno de sus planteos a lo largo de un año, desde aquellas primeras detenciones el 7 de marzo de 2018. Y que por esa razón, haberle solicitado la suspensión del juicio a prueba al mismo juez que mantuvo encarcelados a los imputados durante meses, era un fracaso asegurado.

Este asunto provocó un impasse con final incierto, ya que nadie sabe a ciencia cierta cuál puede ser la fecha de reanudación del debate, o mejor dicho, del comienzo formal, ya que por ahora se discuten cuestiones preliminares.

Hay que remarcar que el primero de los intentos por frenar el juicio se resolvió muy rápido, aunque no está cerrado del todo. Se trata del planteo que realizó el abogado Javier Romero, defensor de Federico Gatica, para esperar a que se resuelva previamente si su representado debe ser juzgado en el ámbito provincial o en el fuero federal.

Su argumento es que al contador asociado a Correa se lo acusa de lavado de activos, un delito de competencia federal, pero el tribunal resolvió en apenas dos horas que al no haber reclamo de la causa por otro juez, no hay problemas en avanzar en el debate.

Ante esta postura, Romero adelantó que en estos días hará un planteo ante el Tribunal Oral Federal en Comodoro Rivadavia, que si le llegara a dar la razón, podría derivar en un conflicto de competencia que debería ser dirimido por la Suprema Corte.

Sus colegas de la defensa coinciden con las críticas a la parte acusadora y al tribunal, ya que consideran que es una locura avanzar en un juicio que demandará 20 millones de presupuesto y 2 meses de debate, sin tener la garantía de que luego no va a declararse nulo.

LAS PROBATION

Lo que se está discutiendo en estos momentos es quién debe resolver en primera instancia los pedidos de suspensión de juicio a prueba para 6 imputados, que presentan la mitad del total de los acusados. El tribunal del juicio, integrado por Alejandro Soñis, Marcela Pérez y Ricardo Rolón, luego de largos debates (en los que se llegó a barajar la posibilidad de un juicio partido en dos, y comenzar con los otros 6 acusados) se declaró incompetente y decidió que lo resuelva el juez natural de la causa, Sergio Piñeda.

Pero luego éste también se excusó, al sostener que su trabajo terminó en la etapa instructoria, y que ahora la causa ya no está en sus manos.

Ante esta discusión por la competencia, deberá resolver en los próximos días la Cámara de Apelaciones de Trelew. Pero la cuestión no va terminar allí, ya que sea Piñeda o el tribunal del juicio, una vez que se realice la audiencia de los pedidos de suspensión de juicio a prueba, se abrirán una serie de caminos.

Un escenario es que no se otorguen las probation, ante las ofertas de reparación del daño que seguramente versarán sobre tareas comunitarias y alguna que otra obra. Los fiscales se van a oponer y se sabe que el dictamen es vinculante para los jueces. Pero los abogados defensores creen que tienen una puerta abierta si las negativas no están bien fundamentadas, y les quedaría la vía de la Cámara de Apelaciones, que dicen, en muchos casos suele revertir estas cuestiones.

Otra opción sería que las probation sean otorgadas, y que el juicio quede con menor cantidad de acusados. En ese caso, a los fiscales les quedaría la vía del recurso extraordinario ante el Superior Tribunal de Justicia, ya que no están dispuestos a que su teoría del caso se vea afectada.

En todas las alternativas, se abren un compás de espera hasta el inicio del juicio, que va como mínimo de uno a dos meses, que podrían ser aún más. Está claro que el debate oral y público por la Causa Correa no será antes de las elecciones primarias del 7 de abril, y con mucha suerte comenzaría antes de las generales del 9 de junio.

Más allá de los tiempos de la justicia, está claro que no forma parte de la agenda de los debates de campaña el compromiso de ningún candidato por reformar los organismos de control para que estos casos no vuelvan a repetirse. Pero esa es otra historia.

ADN SUR (Por Pablo Vernazza)

El exjefe de la Policía de Chubut y Diputado Provincial mandato cumplido, Juan Luis Ale, recusó a la jueza Patricia Reyes. Ahora, otras dos juezas deberán resolver si elevan la causa a juicio oral.

En una audiencia que se realizó este jueves por la mañana del jueves en Tribunales el comisario retirado Juan Luis Ale, patrocinado por el abogado Adrián Sandoval, insistió en su planteo de la prescripción de los delitos, cometidos –según la acusación de la fiscalía-, entre 1998 a 2001, cuando las víctimas eran menores.

Asimismo, argumentó que no corresponde aplicar la “Ley Piazza”, porque en ese entonces no estaba vigente. Cabe señalar que dicha ley, que es una modificación al Código Penal, prevé una regulación especial en cuanto suspende el plazo de prescripción para estos delitos cuando la víctima es menor de edad y sufre delitos de integridad sexual.

Ante este planteo, la fiscal María Alejandra Hernández afirmó que la defensa de Ale solo busca dilatar el proceso con su planteo. La jueza Reyes hizo lugar a la fiscalía, pero de todas formas dispuso que resuelvan las juezas Marcela Pérez Bogado y Stella Eizmendi, quienes se tomarán los tres días hábiles y resolverán por escrito.

“LEY PIAZZA”

En su exposición la fiscal del caso, María Alejandra Hernández de la oficina de Violencia de Género e Integridad Sexual, acusa al comisario retirado por la presunta comisión del delito de “abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la convivencia en modalidad de delito continuado en perjuicio de dos menores”. Y pide que vaya a juicio oral. Cabe remarcar que en caso de ser condenado, la pena en expectativa supera los 15 años de prisión.

Sobre la importancia de la Ley Piazza indicó: “la ley 27.206 apunta a que los plazos de prescripción de los delitos contra la integridad sexual, en víctimas menores, empiezan a correr una vez que la víctima denuncia, independientemente de su edad”. “Estamos en una nueva etapa y la ley busca proteger a los niños y adultos que pasaron por este tipo de delitos. Las víctimas que no hayan podido defenderse durante su niñez pueden hacerlo siendo mayores sin que el delito prescriba”, explicó.

Elpatagonico.com

El fiscal Gerardo Pollicita impulsó hoy una investigación para determinar si presos kirchneristas detenidos en el penal de Ezeiza armaron la operación contra el fiscal Carlos Stornelli en el marco de su investigación por la causa de los cuadernos. Ordenó citar a la diputada Elisa Carrió para que declare como testigo y dispuso una serie de diligencias para avanzar con la causa, indicaron a Infobae fuentes judiciales.

Por lo pronto, Pollicita dispuso que se certifique qué tramite tuvo la denuncia del Juzgado Federal 2 de Lomas de Zamora, que dispuso las escuchas en la cárcel de Ezeiza, y también que se precise la causa que tramita en el Juzgado Federal de Dolores, a cargo de Alejo Ramos Padilla, en donde fue se analiza «la presunta extorsión de la que habría sido víctima un empresario presuntamente involucrado en la causa de los cuadernos».

Según detallaron las fuentes, el fiscal requirió además los datos de un teléfono que aparece en la denuncia para saber quién es el titular, y los detalles del Registro Nacional de las Personas sobre Carlos Zelkovicz, un ex funcionario que aparecía hablando con Roberto Baratta, mano derecha de Julio De Vido, en prisión.

Se trata de la denuncia que radicaron ayer las diputadas Paula Olivetto y Mariana Zuvic, que responden a Elisa Carrió, y que recayó en el juzgado de Claudio Bonadio.

En la denuncia aparecen una serie de transcripciones de escuchas telefónicas en donde aparecen el ex secretario de Coordinación del Ministerio de Planificación Roberto Baratta y el ex secretario de Transporte Juan Pablo Schiavi, presos en el penal, hablando de la causa que se había iniciado contra el fiscal Carlos Stornelli en el Juzgado Federal de Dolores a cargo de Alejo Ramos Padilla. En esa denuncia se apunta a un abogado, Marcelo D’Alessio, que se presentaba como colaborador de Stornelli y le habría exigido una coima a un empresario agropecuario. Hoy Stornelli denunció a ese abogado también en los tribunales de Comodoro Py.

Sin imputar a nadie aún («no es posible determinar con exactitud los datos del auto o autores del hecho investigado», dijo), Pollicita repasó la denuncia en donde se sostuvo que Carrió «había recibido a su nombre un sobre que contenía la transcripción de escuchas telefónicas que daban cuenta acerca de una ‘operación’ en la que intervienen personas de los servicios de inteligencia, el detenido Roberto Baratta, entre otros, cuyo objetivo es el de entorpecer la investigación de la causa conocida como ‘los cuadernos'».

Carrió también habló de un tuit en el que advertía de tales maniobras, «las cuales acontecían justamente en el momento en que estaba dándose a conocer la existencia del pago de un posible retorno millonario al juez federal Luis Rodríguez, según las declaraciones de Carolina Pochetti».

Señalaron además que al día siguiente el periodista Horacio Verbitsky, dirigente montonero acusado de colaborar con la Fuerza Aérea Argentina en la dictadura, efectuó una publicación en su blog relacionada a hechos «que guardan similitud con aquellos de los que tomó conocimiento la doctora Carrió, y que con posterioridad personas de su equipo recibieron llamados telefónicos sugestivos, que serían parte de la operación».

Entre el material aportado figuran las comunicaciones entre Baratta y Zelkovickz, ya identificado como «El Esposo», «Gordo» y «Chala». El 1 de febrero, Baratta llama a «Chala», pregunta cómo va lo del «dolor de muela» y le responden que «no se movió nada allá en Dolores». Baratta pregunta si «presentaron formalmente», a lo que su interlocutor responde que «el magistrado pidió informes» y «quiere saber en qué quilombo se está por meter». «Yo estoy forzado, si no avanza lo de Dolores, a hacer yo algo la semana que viene», replica el ex hombre de confianza de De Vido.

Le dicen que espere, que «hay oportunidad», pero Baratta insiste por la demora y le responden: «Ramos estaba leyendo un poco, en qué quilombo se va a meter, boludo» y «el tipo está decidido a jugar, pero boludo, vos también harías lo mismo».

En la denuncia de las legisladoras de la Coalición Cívica también aluden a diálogos entre Schiavi y Eduardo Valdés, ex embajador ante el Vaticano. Añadieron que el diputado Juan Manuel López recibió un mensaje de Valdés para Carrió en donde le recomiendan «que no se juegue más por Stornelli» porque iban a aparecer nuevas publicaciones en el blog de Verbitsky.

 

INFOBAE

«Las cosas ya no estaban tan amistosas porque mi cliente no conseguía el dinero», denunció Natalia Salvo en Radio 10.

La abogada del empresario que denunció por extorsión a Carlos Stornelli, fiscal de la llamada causa de los cuadernos, detalló que «se pudo documentar el vínculo estrecho entre Carlos Stornelli y Marcelo D’Alessio».

«D’ Alessio mintió al decir que fue mi cliente quien lo contactó. Él fue el que le mandó un mensaje con el tema de la investigación. La entrega de dinero se materializó en dos días distintos de enero. Las cosas ya no estaban tan amistosas porque mi cliente no conseguía el dinero», aseguró Natalia Salvo en diálogo con Radio 10.

El abogado Marcelo D’Alessio, imputado como operador del fiscal Carlos Stornelli, fue allanado en la tarde del miércoles en el marco de la exigencia de 300.000 dólares a un empresario para aliviar una supuesta acusación en la causa de los cuadernos.

«Cualquier abogado le habría aconsejado a mi cliente lo que hicimos nosotros. Nos mostró algunas conversaciones y le dijimos que registre todo ante futuras conversaciones. Se pudo documentar el vínculo estrecho entre Carlos Stornelli y Marcelo D’Alessio. D’Alessio fue muy obsceno en contarle a mi cliente todas las relaciones que tenía con gente del poder político y el poder judicial. Es mentira eso de que había visto a Stornelli sólo dos veces», agregó Salvo en «Secreto de Sumario, el programa de Darío Villarruel.

El juez de Dolores, Alejo Ramos Padilla, también imputó a Stornelli, quien participó de una triple reunión con D’Alessio y el denunciante, el empresario Pedro Etchebest. El encuentro se dio en el balneario CR de Pinamar. La causa cuenta con numerosas filmaciones y escuchas sobre el vínculo.

Salvo enumeró: «Las entregas de dinero se hicieron el 23 de enero en Puerto Madero y el 24 de enero en Palermo. Nosotros tenemos todo documentado. El primer pago era supuestamente para que Carlos Stornelli pagará una multa por una escrituración de un inmueble en la costa».

El abogado D’Alessio se comunicó con el empresario alertándolo de que un arrepentido en el caso de las fotocopias de los cuadernos, Juan Manuel Campillo, lo había marcado como recaudador de la Oncca, la Oficina Nacional de Control Agropecuario, organismo en el cual Campillo fue titular.

Etchebest le señaló a D’Alessio que recién conoció a Campillo en 2017, es decir que no tuvo ningún vínculo con él durante el gobierno anterior y que no cometió irregularidad alguna en la Oncca.

Al respecto, la defensora del empresario agropecuario indicó que «la causa judicial de los cuadernos salió en todos los medios y D’Alessio le marcó a mi cliente que muchos detenidos no tenían nada que ver pero que terminaban en la cárcel. Nuestra denuncia se materializó el 27 de enero tras recolectar muchas pruebas».

«Yo creo que Stornelli tendrá que formalizar sus explicaciones en la Justicia y dar sus justificaciones por todo esto. Hay mucho descrédito en relación al Poder Judicial. Hay que tratar de apegarse al imperio de la ley porque si no cada uno investigaría las cosas como quiere», concluyó.

Diario Veloz

La causa federal impulsada por el juez Bonadío procesó a 92 intendentes que firmaron para adherir al plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos, entre los que se encuentra el ex intendente Rafael Williams por supuesto fraude con fondos públicos “Me sorprendió porque la obra acá se terminó y funciona correctamente” subrayó Ongarato. El intendente dijo que en cada visita a Buenos Aires le planteaban que los fondos para las plantas GIRSU se entregaban, pero ninguna estaba funcionando.

Consultado por la prensa, Ongarato remarcó “No sé los detalles, no sé cuánto se envió y cuánto se invirtió efectivamente. Es cierto que hay un montón de plantas que no funcionan pero la de Esquel sí”

El intendente destacó que en cada gestión en Buenos Aires por la planta para sumar módulos y acceder a los fondos necesarios se le remarcó que GIRSU fue un nicho de corrupción porque se destacó que el dinero no está mas y las plantas no están funcionando «creo que la de Esquel es una de las pocas plantas del país que está funcionando, se hizo, se terminó, está en funcionamiento y no sé los detalles por los cuales el juez está haciendo esta imputación, asique vamos a esperar qué dice la resolución del juez.

Radio 3

Audiencia de suspensión de juicio a prueba en causa por corrupción, falsedad ideológica e incumplimiento de deberes de funcionario público en el IPV local

En horas de la mañana del presente viernes se conoció la resolución de la jueza Daniela Arcuri sobre la causa por la suspensión de juicio a prueba para los imputados Darío Acosta, Raquel Antimilla, Vanesa Medina Consoli y Claudia Leonori en la causa conocida como IPV local. Por su parte para el entonces delegado local del organismo, Abel Reyna, en su calidad de ex funcionario, se pospuso el trámite hasta el próximo viernes 15 de febrero, a las 10.00 hs., cuando se propondrá un juicio abreviado.

El pasado lunes se realizó la audiencia donde los defensores de los imputados propusieron la aplicación de suspensión de juicio a prueba para los 4 imputados. La jueza autorizó la suspensión de juicio a prueba para Darío Acosta, Raquel Antimilla, Vanesa Medina Consoli y Claudia Leonori considerando la reparación ofrecida por ellos como “adecuada y razonable”. También consideró el trabajo comunitario en beneficio de una entidad pública para reparar el daño causado, también deberán cumplir por el término estimado la regla general de conducta de presentarse periódicamente ante el Cuerpo de Delegados de Control y no verse involucrados en nuevos delitos.

La jueza consideró asimismo en su resolución la admisibilidad y la procedencia de las suspensiones solicitadas. El Instituto fue solicitado antes de la apertura del debate y fue peticionado por los imputados, ofreciendo una reparación económica, en la medida de sus posibilidades; como el abandono de los bienes decomisados. Otro de los requisitos para poder hacer lugar a las suspensiones es que la pena sea inferior a tres años y que el sujeto activo no sea funcionario público. También se debe dar el consentimiento del fiscal, que en el caso se da, como también el de la querella.

Arcuri argumentó que la reparación ofrecida por todos los imputados estaba dentro de sus posibilidades y que se ha abandonado los bienes decomisables por el procedimiento Administrativo de recupero de las viviendas iniciado por el IPV. Todos los delitos imputados son de acción pública y procede la suspensión ya que ninguno de los cuatro imputados era funcionario público, como tampoco ninguno poseía antecedentes penales computables.

Presidió el acto la jueza penal Daniela Arcuri, por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Camila Banfi, fiscal general; por la querella María Laura Martensen, abogada patrocinante en representación del IPV; la defensa de Leonori, estuvo a cargo de Guillermo Iglesias. La defensa de Acosta la ejerció Francisco Miguel Romero, abogado particular; en tanto que la de Antimilla y Medina Consoli por Esteban Mantecón, defensor público.

Los hechos imputados en la acusación:

La investigación preparatoria ha permitido acreditar que Abel Reyna, en su rol de delegado del Instituto Provincial de la Vivienda, delegación Zona Sur de Comodoro Rivadavia, procedió a realizar maniobras ilegales en el plan 81 viviendas del Barrio Ciudadela, insertando en los legajos de dicho plan declaraciones juradas con datos falsos, a fin de asignar viviendas a personas que no cumplían los requisitos exigidos por la ley. Estas maniobras fueron realizadas entre el 30 de diciembre de 2011 hasta su renuncia, el 5 de septiembre de 2014, en la sede de IPV sita en calle Rivadavia n° 2098 esquina Asturias de esta ciudad.

Para ello, Reyna organizó un grupo de empleados del IPV integrado por: Darío Acosta, Raquel Antimilla y Vanesa Lorena Medina, quienes cada uno desde el rol específico que acompañaba el cargo para el que se lo había nombrado, consignaron falsamente datos personales de los postulantes y omitieron agregar la documentación respaldatoria en las carpetas de los seleccionados, posibilitando la obtención de la vivienda de quienes no cumplían con los requisitos de ley en desmedro de los postulantes que si los tenían. Del análisis individual de cada uno de los legajos del Plan 81 viviendas del Barrio Ciudadela, del listado de pre adjudicados y de adjudicatarios establecido en la Ley, se visualiza que no se respetó ningún criterio de selección social FONAVI establecido por la norma, como tampoco se respetó el sistema de puntajes establecido por resolución FONAVI. Por su parte, Darío Acosta, Raquel Antimilla y Vanesa Consoli Medina, quienes conformaban el sector Adjudicación, adulteraron las planillas de actualización de datos de los legajos de preadjudicación del Plan 81 viviendas de Ciudadela: agregando puntajes inexistentes; dando fe de visitas sociales que nunca realizaron, no requirieron en ningún caso la documentación respaldatoria de la situación social o habitacional declarada.

De la investigación surge también la existencia de casos donde se efectuó entrega de dinero o favores sexuales por viviendas. Concretamente, el 15 de agosto de 2014 Darío Acosta y Reyna contactaron a un particular, quien se encontraba inscripto en el IPV, y le requirió el pago de 80 mil pesos para acelerar el trámite de vivienda. Ante la necesidad de acceder a la vivienda, el particular solicitó un préstamo en Banco Chubut, pidió dinero prestado a su jefe y más los ahorros que tenía, logró reunir el monto requerido por Acosta, haciéndole entrega del mismo en sede del IPV de Rivadavia y Asturias. Luego del pago, Acosta incorporó al referido en el Plan 81 viviendas de Ciudadela, asignándole una unidad habitacional, todo ello con la anuencia de Abel Reyna y la participación para los actos administrativos de Raquel Antimilla, Anita Adelina Caro y Vanesa Consoli Medina, quienes completaron fraudulentamente las planillas de actualización de datos, modificando los puntajes. Calificando este hecho como exacciones ilegales, en concurso ideal con falsedad ideológica para Acosta y Reyna.

Asimismo, durante los primeros meses de 2014, Abel Reyna le requirió a una particular, inscripta en el IPV desde el año 2003, favores sexuales a cambio de hacerle entrega de una vivienda para ella y su hijo discapacitado. Debido a la urgencia de tener su vivienda, la mencionada acepta reunirse con Reyna, donde se pactó la entrega de la unidad. Posteriormente, el 24 de febrero de 2014, Reyna le hace entrega de una vivienda, ello con la participación administrativa de Darío Acosta. Calificándose jurídicamente para Abel Reyna, como autor de cohecho.

La investigación preparatoria ha permitido acreditar que Abel Reyna, en su rol de delegado del instituto provincial de la vivienda delegación Zona Sur de Comodoro Rivadavia, procedió a entregar, sin los requisitos de ley, viviendas a sus colaboradores y a otras personas, que, a sabiendas, las recibían en pago por las tareas ilegales realizadas a su favor según consta en las carpetas del IPV.

Finalmente, con fecha 26 de septiembre de 2014, Fabián Alejandro Otero, ex cónyuge de Claudia Leonori, obtuvo de manera irregular una vivienda del IPVyDU en el Barrio Ciudadela. Dicha vivienda fue cedida por Claudia Leonori a Otero como propia en el marco del divorcio, habiéndola obtenido Leonori en forma fraudulenta, insertando datos falsos en su Legajo, ya que la ficha de inscripción no se encuentra sellada, lo que no permite conocer quien realizó la encuesta social que da fe de los datos incorporados. Asimismo, la cesión se realizó sin los requisitos de ley, ya que las viviendas FONAVI solo pueden ser transferidas a grupos familiares que se encuentren inscriptos en el Registro Permanente de este Instituto. En este caso, esto no ocurrió con esta formalidad dado que Leonori firmó una renuncia a su inscripción cediendo su número de legajo a su ex cónyuge Otero, sin la anuencia de ningún funcionario.

La investigación preparatoria ha permitido acreditar que Abel Reyna, en su rol de delegado del instituto provincial de la vivienda delegación Zona Sur de Comodoro Rivadavia, procedió a confeccionar las listas de preadjudicatarios del Plan 81 viviendas del Barrio Ciudadela en forma arbitraria y sin seguir el orden de puntaje que manda la ley.

El departamento de la senadora y expresidenta Cristina Kirchner fue escenario anoche de un nuevo procedimiento policial en el que se secuestraron 33 cuadros y obras de arte. Se trata de una medida que había quedado postergada desde agosto pasado, cuando se concretaron los procedimientos judiciales sobre la propiedad de CFK en el marco de la causa que investiga las supuestas coimas narradas en fotocopias de cuadernos que nunca fueron hallados por la Justicia.

El procedimiento tuvo lugar en el departamento de Juncal y Uruguay, en el barrio porteño de Recoleta, y el valor estimado de las obras secuestradas oscila los 4 millones de dólares. Se llevaron pinturas, jarrones y esculturas que quedarán en el juzgado de Claudio Bonadio, quien dictó la medida.

El allanamiento tuvo lugar entre las 20:20 y 22:20 de ayer y estuvieron a cargo brigadas de la Policía Federal. Fue similar al efectuado hace cuatro meses en el mismo lugar y en la casa que la exmandataria posee en la capital santacruceña de Río Gallegos. La diferencia es que en esta ocasión el secretario de CFK fue el que se encargó de entregar el material a los efectivos de la PFA.

El procedimiento en Recoleta de hace unos meses superó las 12 horas, mientras que el operativo en Santa Cruz duró 72 horas. Días después, el abogado defensor de Cristina, Carlos Beraldi, difundió un comunicado en el que ella hizo un extenso descargo sobre los allanamientos realizados en los domicilios.

Y el mismo Beraldi señaló entonces: «Por disposición del juez Bonadio me fue obligado a retirarme del domicilio y así evitar que yo, como abogado defensor, controle el procedimiento».

 

Pagina 12

Es en el marco de la causa que investiga supuestas irregularidades en el trámite de la deuda de la empresa propiedad de la familia Macri con el Estado.

El fiscal federal Gerardo Pollicita pidió hoy que se cite a declarar como acusado al ministro de Defensa, Oscar Aguad, y otros tres imputados en la investigación de irregularidades en el acuerdo de pago de deudas del Correo Argentino, empresa propiedad de la familia Macri, al Estado nacional, en 2016.

 

En un dictamen de 59 carillas puesto a consideración del juez federal Ariel Lijo, el fiscal también pidió llamar a declarar como acusados a Juan Manuel Mocoroa, Jaime Cibils Robirosa y Jaime Kleidermacher por considerarlos corresponsables de una «quita abusiva» en la deuda de la empresa de correo que por tanto perjudicó a la Administración Pública. Al momento de los hechos, Mocoroa se desempeñaba como director General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Comunicaciones, en manos de Aguad, mientras que Robirosa presidía el directorio de Correo Argentino y Kleidermacher era el abogado patrocinante.

El fiscal sostuvo que «se encuentran reunidos los elementos de cargo necesarios para sostener, con el grado de certeza requerido en esta etapa», que mediante un acuerdo de pago del crédito verificado por el Estado Nacional, los imputados «obligaron abusivamente» a la Administración Pública «con el interés de beneficiar a la firma Correo Argentino S.A».

El acuerdo de pago en cuestión consta en el expediente 94.360/01, Correo Argentino S.A. s/concurso preventivo del registro del Juzgado Nacional en lo Comercial 6 de Buenos Aires, según el dictamen.

Pollicita afirmó que cuando Aguad tenía bajo su responsabilidad «el cuidado del patrimonio público consistente en el crédito que el Estado Nacional verificó» (en el expediente 94.360/01) «contra Correo Argentino, omitió obrar con la lealtad y la diligencia de un buen hombre de negocios».

En este sentido, consideró que esa conducta «exigía la normativa que regulaba su accionar y los precedentes jurisprudenciales en materia comercial, obligando a la Administración Pública a aceptar una quita abusiva de su crédito, con el interés de beneficiar a la empresa involucrada y para lo cual contó con el aporte necesario de sus consortes de causa».

En este sentido, sostuvo que por el acuerdo en cuestión el Estado nacional «resignaba una porción inadmisible de la suma de $ 296.205.376 adeudada por Correo Argentino S.A., lo que implicaba el otorgamiento de un beneficio injustificado y directamente proporcional para la concursada».

«Las convocatorias (a declarar) que se solicitan por medio del presente dictamen versan sobre aquellas personas respecto de las cuales obran en la causa elementos objetivos que permiten atribuirle participación en la maniobra», puntualizó.

Pollicita aclaró que pide indagar a Aguad y la los otros tres acusados «sin que pueda descartarse que el avance de la pesquisa o incluso las declaraciones postuladas permitan establecer la intervención de otros sujetos que motiven la realización de futuras presentaciones en términos similares».

Ambito