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Revelación

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La Cámara Penal de Trelew modificó de manera parcial la sentencia. Atenuaron las penas para los ex ministros Cisterna y Pagani; ratificaron las condenas a Correa, Carpintero, Bortagaray, Oca y Luthers. Absolvieron al empresario Castillo.

La Cámara Penal de Trelew integrada por los jueces Alejandro Defranco, Roberto Barrios y César Zaratiegui, ya notificaron a las partes sobre su resolución vinculada a las personas enjuiciadas y condenadas en primera instancia en la llamada causa Revelación, por hechos de corrupción.

El fallo de los jueces de la Cámara implicó la absolución de Martín Castillo, empresario que fuera condenado en primera instancia por el delito de cohecho activo, quien se vio favorecido por el beneficio de la duda.

También se absolvió al ex ministro de Infraestructura durante la última gestión provincial de Mario Das Neves, Alejandro Pagani, quien había sido condenado por el delito de cohecho activo (el funcionario que recibe una coima). Sin embargo, a Pagani se le confirmó, por mayoría del tribunal, la condena por su participación en la asociación ilícita, debiéndose ahora redefinir la pena que le habían impuesto en primera instancia, según informó la agencia ADN Sur sobre el fallo de la Cámara.

Otro de los que se vio favorecido por la sentencia de Cámara es el ex ministro coordinador Víctor Cisterna, para quien su abogado Fernando Lirman había solicitado la nulidad de la condena, por entender que resulta contradictoria con la sentencia de la causa Embrujo, en la que Cisterna no fue condenado.

Se confirmó la condena por su rol como organizador de la asociación ilícita, conformada para establecer un circuito de coimas.

Sin embargo, la Cámara ordenó que la condena de Cisterna no respeta «los principios de proporcionalidad e igualdad ante la ley», por lo que reenvió los antecedentes al tribunal de primera instancia para que revise la pena que le habían impuesto, de 7 años y medio de cárcel.

La comparación se habría hecho con respecto a la situación de Diego Correa, a quien le dieron 5 años y medio de prisión pese a probarle su participación en 19 hechos, mientras que a Cisterna se le probó un hecho y obtuvo una pena claramente mayor (ambos fueron considerados organizadores de la asociación ilícita, lo que es más grave que el rol de miembros o partícipes).

A propósito de Correa, la Cámara confirmó en todos sus términos la condena a 5 años y 6 meses de prisión, por los delitos de organizador de la asociación ilícita, exacciones ilegales y cohecho pasivo.

 

CONDENAS CONFIRMADAS

La Cámara sí confirmó las condenas de Martín Bortagaray (ex ministro de Familia) a 4 años y 8 meses de prisión, por ser miembro de la asociación ilícita y por el delito de cohecho pasivo; también confirmó la condena a Gonzalo Carpintero (ex secretario privado de la Gobernación), a tres años de prisión por el delito de enriquecimiento ilícito.

Otro de los que no tuvo cambios en su situación es Diego Luthers, a quien le ratificaron la condena a 3 años de prisión, por ser miembro de la asociación ilícita.

Además, también confirmó las penas de Pablo Oca (ex ministro de Economía), a 3 años de prisión, como miembro de la asociación ilícita y por exacciones ilegales, en concurso real con cohecho pasivo. En este caso, la pena podría definirse en forma condicional, por lo que se reenvió el expediente para que se dispongan normas de conducta.

En todos los casos, la pena añade la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

Los ex funcionarios provinciales Víctor Cisterna, Martín Bortagaray y Alejandro Pagani que resultaron hallados culpables y condenados a prisión en primera instancia por la causa denominada “Revelación”, seguirán detenidos bajo arresto domiciliario.

En dos audiencias de control de la detención, realizadas en la Oficina Judicial de Rawson y bajo la modalidad de zoom, en primer lugar los jueces Fabio Monti y Gustavo Castro, resolvieron que Alejandro Pagani continúe con arresto domiciliario no obstante la insistencia de su abogado defensor a que siga con prisión preventiva en libertad y siguiendo pautas de conducta, hasta el momento de la audiencia de impugnación que tiene como fecha de realización el 25 de febrero del próximo año en la Cámara de Apelaciones de Trelew.

Pagani cumple una pena de cuatro años y ocho meses de prisión efectiva y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Bortagaray fue condenado a la misma pena dictada por los jueces del juicio oral. Sin embargo ese fallo fue apelado por los defensores y deberá ser resuelto en febrero próximo.

Bortagaray y Pagani fueron declarados penalmente responsables del delito de miembro de asociación ilícita en calidad de autor en concurso real con cohecho pasivo en calidad de partícipe primario bajo modalidad de delito continuado (3 hechos para Pagani y 5 hechos para Bortagaray).

Nápoli

El fiscal general Marcos Nápoli se opuso a la libertad de Pagani aunque convalidó un pedido especial que hizo su defensor Carlos Villada para que dos veces por semana pueda visitar a su madre enferma. El fiscal Nápoli argumentó que desde el dictado de la condena por los jueces de la primera instancia, ninguna circunstancia “nueva” ha ocurrido como para que Pagani quede en libertad y que por lo tanto persiste el riesgo de fuga no solo por la pena que le resta cumplir, sino también por la gravedad del hecho y las circunstancias en que se cometieron los ilícitos.

Cisterna

En una posterior audiencia de revisión de la situación de detención, en este caso del ex ministro de economía del Chubut Víctor Cisterna, los jueces Alejandro Rosales, Karina Breckle y Marcela Pérez rechazaron un idéntico pedido efectuado a través de sus abogados defensores del ex funcionario.

Sus abogados argumentaron que Cisterna siempre se sometió al proceso penal, cumplió con todas las exigencias legales, tiene arraigo en la ciudad de Trelew y que no está en condiciones de fugarse debido a la falta de recursos y a su edad.

Cisterna fue declarado penalmente responsable por los delitos de organizador de asociación Ilícita en calidad de autor, en concurso real con exacciones Ilegales -un hecho- en carácter de autor. Fue condenado a 7 años y 6 meses de prisión de efectivo cumplimiento, más la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos y las costas del proceso.

Los defensores de Cisterna habían argumentado en que existen convenciones internacionales de derechos humanos a las que adhirió Argentina, que justifican el arresto domiciliario a mayores de 70 años.

Nápoli destacó que el riesgo de fuga aún se mantiene y relativizó el aspecto vinculado con la edad de Cisterna. En este sentido comparó la situación de Cisterna en cuanto a su edad, con la del “caso Barreda” y además dijo que cada caso debe analizarse de manera puntual, en alusión ancianos condenados por crímenes de lesa humanidad que purgan condenas con prisión en cárceles comunes. También el fiscal Nápoli se explayó sobre la gravedad del delito en que se halló culpable al ex ministro de economía provincial.

Los tres jueces por unanimidad rechazaron el pedido de los defensores de Cisterna que deberá seguir detenido en su casa de Trelew.

Una jueza que integró el tribunal que juzgó el caso “Revelación” consideró que las penas que pidió el fiscal para los exfuncionarios dasnevistas fueron “exiguas” (insuficientes) y “desproporcionadas” en relación a la cantidad y al tipo de delitos que cometió cada uno y advirtió que la sentencia “posiblemente cause una cierta perplejidad (duda, desconcierto) social”.

En efecto, si hay un responsable de que las condenas no hayan sido ejemplares y ajustadas al daño que estos sujetos le causaron no solo al Estado sino a todos los ciudadanos de Chubut, ese es el fiscal Marcos Napoli y la jueza Ivana González, en su voto, supo interpretar lo que hoy está reclamando la sociedad: primero, que devuelvan los millones que se robaron y después que vayan todos a la cárcel pero con severas penas.

Porque, al final, los únicos que van a terminar quedando presos tanto por este como por el otro caso de corrupción, el del “Embrujo”, van a ser Diego Correa, que fue sentenciado a cinco años y seis meses de prisión en esta causa y en la otra a diez. Y Diego Luthers condenado a tres años por “Revelación” y cinco por “El Embrujo”.

Vale aclarar que Víctor Cisterna que está condenado a siete años y seis meses por el caso “Revelación” consiguió esperar a que la sentencia quede firme con prisión en su casa, al igual que Alejandro Pagani y Martín Bortagaray, ambos sentenciados a cuatro años y ocho meses en la misma causa.

Después, Pablo Oca a quien le dieron tres años es muy probable que ni siquiera vaya un año a la cárcel, y que suceda lo mismo con Gonzalo Carpintero Paterson que fue sentenciado a la pena de tres años de prisión y a una multa superior a los 12 millones de pesos. Finalmente, el empresario Martín Castillo, el único quedó en el proceso de la casi decena de involucrados que hubo en su momento, fue condenado a la pena de un año de prisión de cumplimiento condicional.

También en la condena contra Gonzalo Carpintero le van a decomisar la lujosa mansión que se estaba construyendo en un loteo privado y exclusivo cercano al rio Chubut y el exministro de Economía Pablo Oca tendrá que pagar una multa de tres millones de pesos, que por ahí con el correr del tiempo termina siendo menos.

Pese al exitismo que le destacan los medios de la zona al fiscal Marcos Napoli el rol del acusador –por lo que se puede leer en el voto de la jueza Ivana González—dejó mucho que desear y originó suspicacias.

Es el mismo fiscal al que el diario Jornada del millonario sindicalista Héctor González, “El Toco” Walter García Moreno y “El Turco” Jorge Aidar Bestene; lo viene promocionando y tratando de instalar como candidato a ministro del Superior Tribunal de Justicia. ¿Tendrá algo que ver esto con su desempeño de acusador “blando” en la causa Revelación?

A continuación transcribimos la parte más sustancial del voto de la jueza Ivana González justamente en el fallo de ese proceso, en donde se refiere al rol del fiscal Napoli.

“Debo ya expresar aquí, con inocultable sorpresa”, dice la doctora González en su voto, “que el pormenorizado y bien fundado relato fiscal acerca de los numerosos ilícitos cometidos desde y contra el Estado y su precisa sindicación de los también numerosos intervinientes que actuaron bajo la impunidad de los más altos rangos de poder del Ejecutivo Provincial, en algunos de los casos, obtendrán como corolario de todo el juicio sustanciado -y por exclusiva petición de los acusadores- una respuesta punitiva que posiblemente cause una cierta perplejidad social”, advierte.

Y seguidamente explica: “En efecto, contra todo pronóstico –frente a las muy prolijas y sendas imputaciones efectuadas contra los aquí acusados-, salvo para el caso de Martín Castillo en que se peticionó una pena –a mi entender- excesiva o para el caso de Víctor Cisterna, Alejandro Pagani y Martín Bortagaray, en que dicha pretensión se ajustó fundadamente a los hechos imputados, al rol desempeñado y la lesividad verificada en cada uno de los nombrados, con adecuada contemplación de los agravantes y atenuantes tenidos en cuenta en cada uno de los tres casos, para los restantes condenados: debo reconocer que las he advertido como injustificadamente exiguas en función de la estricta relación que deben mantener -como dije antes- con la lesividad causada por los agentes y la proporcionalidad de las respuestas punitivas a aplicárseles, derivado todo ello del principio constitucional de culpabilidad”.

“Debo ser muy clara en esto -reflexionó la jueza–: no se trata de que “a mí” me resulten exiguas (que por cierto: también, pero eso es bastante intrascendente), sino que se aprecian “exiguas” a la luz de las propias consideraciones y valoraciones del propio Sr. Fiscal, que reseñé puntualmente párrafos atrás. Más aún, en los puntuales casos de Correa en relación a la pena requerida para Cisterna, y de Oca en relación a las penas solicitadas para Pagani y Bortagaray (ambas comparaciones, efectuadas en función de la cantidad de hechos y el tipo de participación o roles endilgados por los propios acusadores), se advierten injustificadas desigualdades”, indica la magistrada.

“Del mismo modo: al considerar el monto total estimado del enriquecimiento ilícito de Gonzalo Carpintero, la multa y el decomiso parciales solicitados resultan evidentemente poco significativos cuando, por ejemplo, se tiene en cuenta que a Oca se le impone la devolución total de los sobresueldos cobrados”, señala.

“Así, el fiscal acusó y obtuvo de este tribunal la condena del Cdor. Cisterna por encontrarlo acreditadamente organizador de la asociación ilícita en concurso real con un hecho de exacciones ilegales bajo la modalidad de concusión, todo lo cual suman en total 2 hechos delictivos. Por su parte, en relación a Correa, como organizador de la asociación ilícita en concurso real con dos hechos de exacciones ilegales en concurso real entre sí y, a su vez, en concurso real con 16 cohechos pasivos en modalidad de delito continuados y todos en calidad de autor, todo lo cual suman 19 hechos delictivos en total. Para ambos, tuvo en cuenta las mismas agravantes y atenuantes, aunque destacando benignamente la colaboración de Correa con la acusación y dando importancia negativa a los estudios universitarios y la larga y afianzada carrera política de Cisterna. Sobre esto, más allá de entender que el fiscal ha “sobreponderado” aquí la simple “no confrontación de los hechos acusados” por parte de la defensa técnica de Correa (lo cual, ni lejanamente se asemeja a la minuciosa explicación aportada por Lüters, acortando quizás hasta en muchos meses la investigación del caso), vemos que la imputación de Cisterna no sólo se halla íntegramente contenida en la de Correa, sino que a éste último se le agregan, nada menos que 17 hechos delictivos más”, detalla la doctora González en su voto.

“Esto mismo, –prosigue– lo vemos repetido para el caso de Oca en comparación con los casos de Pagani y Bortagaray, respectivamente, en que aparte de –nuevamente- “sobreponderar” el liso y llano reconocimiento del Cdor. Oca respecto de los 14 hechos por los que fue encontrado culpable (lo cual, nuevamente: no puede ni compararse con la efectiva y exhaustiva colaboración brindada por Lüters en la investigación), a los dos nombrados en segundo término, quienes fueron acusados por 4 y 6 hechos, respectivamente y con los mismos roles y grados de participación que Oca, les pidió penas significativamente más elevadas: en casi dos años más graves que la solicitada respecto de Oca y a quien, como ya se dijo, se le imputaron más del doble de hechos que a Pagani y Bortagaray”, agrega.

“Vale señalar aquí –subraya–, nobleza obliga, que también ha sido valorado positivamente para mensurar la pena de Oca su oferta resarcitoria de devolución de la totalidad de los sobresueldos ilícitamente cobrados. Aun así, las diferencias trazadas siguen resultando muy significativas, por cuanto quedó acreditado que Oca tuvo responsabilidad en bastante más que el doble de hechos delictivos que por los que deben responder Pagani y Bortagaray”, indica.

“Además, si comparamos la exigencia de devolución de la totalidad de los sobresueldos percibidos impuesta a Oca, con el decomiso y multa parciales solicitados para Carpintero, nuevamente: aparece latente la idea de desigualdad y desproporción. Más allá de que estas comparaciones me permiten graficar aquí con suma simpleza los desfasajes que advierto en materia de “igualdad entre iguales ante la ley” en relación a algunas de las pretensiones punitivas (concretamente: las de Correa, Oca y Carpintero), también me permiten advertir una considerable desproporción de sus montos punitivos en relación a la naturaleza de las múltiples acciones que desarrollaron los agentes, los medios empleados para ejecutarlas, la inconmensurable extensión del daño que las mismas causaron a la Provincia del Chubut e, incluso, como dijo el propio fiscal: hasta pervirtiendo el sistema democrático de gobierno, como asimismo la calidad de los motivos que determinaron a los actores a delinquir (políticos y económicos)”, sostiene.

Los fiscales de la causa “Revelación” pidieron al tribunal del Juicio que Gonzalo Carpintero, ex secretario privado de Mario Das Neves, pague casi 12 millones y medio de multa y que además se le decomise una casa que había construido en Trelew, valuada en 50 millones de pesos. A ello se le suma el pedido de tres años de prisión de efectivo cumplimiento y que nunca más ejerza cargos públicos.

Carpintero fue hallado culpable del delito de enriquecimiento ilícito de funcionario público en calidad de autor, por los hechos investigados y ocurridos entre los meses de diciembre de 2004 y noviembre de 2017, en perjuicio de las Administraciones Públicas de la Provincia de Chubut y de la Municipalidad de Trelew.

Los investigadores pidieron también la pena de 3 años de prisión de efectivo cumplimiento, inhabilitación absoluta para ejercer cargo público. Además que se le imponga una multa de pesos 12.468.592 y se decomise el bien ubicado en calle Pablo Neruda 3795 del barrio de Bonorino de la ciudad de Trelew, que pasará a dominio del Estado no bien la sentencia adquiera autoridad de cosa juzgada, todo con expresa condena sobre las costas del proceso.

Cabe destacar que la vivienda que pasaría a poder del Estado, ha sido valuada en casi 50 millones de pesos.

Las audiencias que se llevan a cabo en la Oficina Judicial de Rawson en el juicio oral y público por la causa “Revelación” se han convertido en extensas debido las largas exposiciones de las partes en la etapa de los alegatos. La complejidad de los hechos investigados, la gran cantidad de pruebas exhibidas, los numerosos testigos que desfilaron, la cantidad de imputados y la variedad de imputaciones, hace que en estos días los jueces que integran el Tribunal intenten acelerar el proceso. Pero se encuentren enfrente con pedidos de más prórroga de tiempo por parte de algunos defensores que necesitan analizar con mayor profundidad la línea argumental a exhibir como conclusión final de sus posturas.

Esto hizo que cerca de las 20.30 del miércoles pasado, al intentar organizar las próximas jornadas, los jueces coincidieran en no dar más prórroga a algunos defensores y confeccionaran un listado con el orden de las exposiciones. “No aceptaremos más dilaciones”, indicaron. Fue tras los alegatos de los abogados Fabián Gabalachis (defensor de Diego Correa y Pablo Oca) y de Carlos Villada (defensor de Alejandro Pagani).

Citaron además a todas las partes a continuar a las 14.30 del jueves santo. A su turno y tal como lo ha venido argumentando en los últimos debates en los que le ha tocada participar en causas contra la administración pública, el abogado Gabalachis cuestionó una vez más la figura penal de la asociación ilícita.

El silencio de Correa

En alusión a Diego Correa manifestó que el silencio de éste a lo largo de todo el proceso de esta causa (también fue condenado en la causa “Embrujo”) obedece a un reconocimiento indirecto de haber participado en actos ilícitos aunque aclarando que obedecía órdenes “superiores”. En nombre de sus clientes, Gabalachis dijo que ambos reconocen haber cometido el “cohecho” uno de los delitos que se les imputa, para luego cuestionar la figura penal de la asociación ilícita.

Luego el defensor de Alejandro Pagani, entre otros conceptos cuestionó la investigación respectos de la lo que a su criterio son deficiencias en cuanto a la descripción de los hechos. “Los fiscales hablan de cheques y de empresas, pero nada dicen en referencia a las obras ejecutadas y los lugares donde se hicieron”, ejemplificó. Destacó que su cliente no tenía injerencias en los pagos y que las pruebas en su contra “son forzadas y mero maquillaje”.

En las primeras horas de la tarde de este jueves fue el turno del experimentado abogado de Trelew Emilio Galende. Defiende a Víctor Cisterna, considerado como una de las cabezas de la presunta asociación ilícita cuando ocupaba su cargo de Ministro de Economía de la Provincia.

Concierto

Calificó a la investigación como “un concierto de indicios incomprobables” preguntándose si su cliente, “puede enriquecerse ilícitamente con un sobresueldo de 30.000 pesos”.

Si bien destacó “el esfuerzo puesto en la investigación” por parte de los fiscales Marcos Nápoli y Gustavo Núñez, afirmó que “ellos mismos reconocieron errores y que tuvieron falta de recursos para investigar. Pero esto no lo hace responsable a Cisterna”, concluyó. Afirmó ya en la parte final de su exposición que “se violó el principio de objetividad en el proceso y la investigación se basó en premisas falsas y distorsionadas”.

A lo igual que sus antecesores, Galende pidió también la absolución para su cliente.

Luego fue el turno de Jorge Rubiolo, defensor de Martín Bortagaray. Dijo que se cliente “no formó parte de una asociación ilícita”. Citó dichos de varios testigos que a su entender benefician a su cliente, entre ellos aquellos que daban cuenta de que Bortagaray cumplía órdenes y que esta conducta “no alcanza para ser parte de una asociación ilícita” ya que ese tipo penal “reúne muchas más condiciones”. Dijo que tampoco fue parte de los cinco casos de “cohechos” que le imputan al ex funcionario. Cuestionó también a los fiscales por no haber investigado a otros funcionarios que figuran en la lista de renombrada Lista de Luters cobrando sobresueldos.

Últimos alegatos

Luego fue el turno de Federico Ruffa, abogado defensor de Gonzalo Carpintero. Ya al declarar ante el Tribunal el ex secretario privado de Mario Das Neves había admitido que se enriqueció con los sobresueldos. El abogado ratificó este aspecto, pero dijo que parte de los hechos que le imputan ya prescribieron y otra parte, según el relato cronológico de los ilícitos, en otros hechos investigados su cliente cumplía no cumplía funciones en el Chubut. Además cuestionó la declaración de la contadora Viviana Karlen del equipo de investigadores, por no explayarse lo suficiente al momento de responder preguntas de los defensores. Destacó también la permanente colaboración de Carpintero a lo largo del proceso.

Por su parte el defensor Abdo Manyauick que defiende al único empresario imputado, Martín Castillo, basó su exposición en una power point. Destacó incongruencias en el alegato del fiscal Marcos Nápoli respecto de la cantidad de hechos en los que está involucrado su cliente. También dijo que a lo largo del proceso tuvo oportunidad de recusar al representante del Ministerio Público Fiscal pero prefirió priorizar la continuidad del juicio oral y público. Manifestó además que su cliente nunca ofreció ni pagó dinero a los funcionarios, cuestionó además la gestión del ex gobernador Martín Bussi y sus consecuencias económicas negativas perjudicando a las empresas.

Dijo que su defendido está involucrado “solo por un chat entre Bianca Di Martino y Diego Luters”. Concluyó en pedir la absolución de su cliente. Resta el alegato final de Lisandro Benitez, defensor de Diego Luters, que se encuentra afectado por una cuestión de salud.

El fiscal general Marcos Nápoli dio inicio a la parte procesal de los alegatos con los que intentará lograr que se condene a los imputados en la causa. Se estima que esta parte concluirá este miércoles.

La causa llegó a debate tras una extensa investigación de presuntos delitos de corrupción a exfuncionarios provinciales de la última gestión de gobierno de Mario Das Neves y en la cual una veintena de empresarios imputados originalmente en el caso, accedieron a la suspensión del juicio a prueba (probation) para evitar ir a juicio, a cambio de hacerse cargo de la construcción de instalaciones o compra de equipamiento para uso de la ciudadanía en distintos puntos de la provincia.

El tribunal a cargo del juicio está integrado por los jueces Mariano Nicosia, Ivana María González y Alejandro Rosales. En total la causa tiene ocho imputados, entre los que se cuentan los exfuncionarios provinciales Víctor Hugo Cisterna, Diego Miguel Correa, Gonzalo Carpintero Paterson, Pablo Alejandro Oca, Juan Martín Bortagaray, Alejandro Pagani y Diego Lüters; además del empresario Martín Castillo.

En su extensa alocución hizo un repaso de todas las pruebas documentales y testimoniales que ha producido el ministerio público fiscal a lo largo de más de 2 años de investigación.

Describió la función que cada exfuncionario y empresario cumplían dentro de la asociación ilícita de la que se los imputa. Sindicó como jefe de la asociación delictual al exgobernador Mario Das Neves; “esta operación global no podría haber funcionado sin su anuencia” señaló.

Dentro de la operación ilegal recordó los porcentajes que el exministro coordinador de gabinete Víctor Cisterna había impuesto para el pago de los retornos, 3 y 5 % para las obras de las gestiones del ex gobernador Martin Buzzi y Mario Das Neves, respectivamente.

También relató que, de acuerdo a declaraciones de testigos, Cisterna iba durante las mañanas a la oficina de Pablo Bastida. Este último sindicado como recaudador dentro del grupo.

Señaló al ex ministro de economía Pablo Oca como miembro encargado de digitar los pagos en función de las planillas que se confeccionaban en el Instituto Provincial de la Vivienda, a cargo de Martín Bortgaray, y del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos a cargo de Alejandro Pagani.

También describió la etapa de transición que se dio con la salida de Cisterna a cargo de la banda y su reemplazo por Diego Correa. Allí resaltó el testimonio de Diego Lüters que daba cuenta de la nueva función que le pedía Correa, específicamente la confección minuciosa de las planillas despojándolo de las tareas administrativas que venía desempeñando.

En su rol de organizador, Correa fue agregando personas a la actividad ilegal. Federico Piccione y Andrés Ninín de Comodoro Rivadavia fueron contactados para oficiar también de intermediarios y recaudadores como dio cuenta el testigo Fasciglione, el propietario de Protel (canal 9).

También describió el manejo de Martín Bortgaray dentro del IPV y su coordinación permanente bajo el seguimiento de Diego Correa. A través de las declaraciones testimoniales de los funcionarios de ese organismo pudo explicar cómo era la metodología de pago para las empresas y así éstas podían pagar los retornos.

Finalmente evaluó que el monto mensual estimado en concepto de coimas para sobresueldos y/o campaña política rondaba los $ 9.000.000.

Se refirió también la situación del empresario imputado Martín Castillo, al que describió su imputación como “experimental” en comparación a las del resto de los empresarios que fueron beneficiados con la suspensión del juicio a prueba (probation) dando cuenta que fue una decisión de estrategia procesal ofrecer ese beneficio y que Castillo no aceptó.

Sinceró el fiscal que llevar a juicio a más de 25 personas era materialmente imposible en relación a la falta de recursos que sufre el MPF.

Sobre Castillo recordó el testimonio de una empleada del banco que testificó sobre la operatoria para que la entidad pudiera hacerse de los fondos necesarios para la cuenta de Industrias Bass propiedad de Castillo. El empresario le habría dicho a la oficial de cuentas del banco que para saber si había fondos debía preguntarle a Diego Lüters ya que él tenía la información precisa.

Fuente: Política Chubut

En la mañana de este miércoles, en la Oficina Judicial de Rawson, en el marco de la audiencia de debate por la causa “Revelación”, se le tomó declaración en primer lugar Blanca Di Martino, quien hizo hincapié en comunicaciones telefónicas que surgieron de las pericias que realizó Guillermo Figueredo, perito informático de la Procuración General. Estas comunicaciones serían entre la propia Di Martino, cuando era agente de cuentas del banco del Chubut, y Diego Luters. Las mismas permitieron conocer cuando la empresa constructora Industrias Bass, perteneciente al empresario Martin Castillo, tenía disponible fondos para afrontar los pagos lo cual era bastante extraño en tanto y en cuanto se llamaba a un secretario privado de la unidad gobernador para obtener ese tipo de información.

Posteriormente declaró Daniel Faciglioni, a cargo de la firma Protel Patagonia, quien se refirió a cuál era la situación financiera que atravesaba Canal 9 de Comodoro Rivadavia durante el inicio del entonces gobierno de Mario Das Neves, es decir desde diciembre de 2015, en tanto especificó la situación al respecto pos concursal, indicando que parte de la deuda se hizo cargo un grupo de inversores y reconoció específicamente a Jorge Andrés Ninin. Respecto de este último, cabe recordar que ha sido condenado en el marco de la causa “Revelación”, ya que se lo acusa de haber integrado una asociación ilícita encabezada por Diego Correa que también tuvo como finalidad apropiarse de la firma Protel Patagónica. Asimismo y como eslabón fundamental en su declaración, dio cuenta de los diversos cheques que le hacían endosar y refirió que los mismo venían de empresas constructoras que nada tenían que ver con el objeto de la sociedad Protel Patagónica. Esto último sitúo a claras como era la maniobra que estaba encabeza por Diego Correa indudablemente estos cheques provenían del pago de retornos de empresarios vinculados a la construcción públicas y eran volcados al pago de la deuda concursal que tenía Canal 9 de Comodoro Rivadavia.

Luego llegó el turno de Fernando Zuñeda, socio de la firma INVERFER S.R.L. de Comodoro Rivadavia, quien reconoció diversos caratulares que fueron enviados desde empresas constructoras que pagaban retornos, sobre todo eran utilizados para hacer frente al pago de la deuda de Canal 9. Estos cheques eran llevados y presentados por el Federico Piccione, quien fue imputado en la presente causa y se encuentra sujeto a la suspensión de juicio a prueba previsto en el artículo 76 bis de nuestro código penal.

Por su parte, la contadora de los Equipos Técnicos Multidisciplinarios de la Procuración General, Viviana Karlen, quien cumplió tareas específicas en la Unidad Fiscal Especializada en delitos contra la administración pública, la profesional estuvo abocada a investigar el enriquecimiento ilícito del entonces funcionario Gonzalo Carpintero, en razón de ello, dio cuenta de las diversas tareas indicadas por los fiscales Marcos Napoli y Héctor Iturrioz, concluyendo en que hubo un desfasaje patrimonial del mismo entre los años 2011 y 2017. Asimismo dio cuenta de los detalles de la construcción de la Propiedad del barrio Bonorino, de Trelew, la cual presentó cuantiosas reformas y es una propiedad de dimensiones considerables, y se sumó un terreno situado en la misma ciudad, lindante al taller Recticar, como así asimismo la adquisición de un vehículo Toyota SW 4 modelo 2017.

Además, la contadora fue contundente a la hora de indicar las distintas operaciones contables que fue realizando a los fines de ir analizando los ingresos y egresos del patrimonio de Gonzalo Carpintero.

La tarea desarrollada por la profesional fue de dimensiones considerables, teniendo en cuenta que tuvo que investigar al grupo familiar del ex funcionario lo cual implicó una tarea “grandiosa”, labor que no fue ejecutada de un día para otro sino que fue en el marco de la investigación de la causa “revelación” la cual tuvo el carácter de caso complejo, y así contar con un mayor plazo de investigación.

Para concluir, la contadora pudo demostrar que el desfasaje patrimonial investigado no coincidía con los ingresos que tenía Carpintero al momento de ejercer la función pública durante el periodo del entonces gobernador Mario Das Neves.

El último de los testigos, Walter Kobac, dio cuenta de diversas propiedades que tenía Gonzalo Carpintero, como así también la valuación de las mismas, peritaje que realizó a pedido de la unidad fiscal especializada en delitos contra la administración pública en el presente caso.

Fuente: Ministerio Público Fiscal.

En el marco de la audiencia de debate por la causa Revelación, continuaron en el día lunes, declarando, en primer lugar, el abogado Alberto Gilardino ex ministro de coordinación de gabinete del ex gobernador Mario Das Neves. Preguntado por los fiscales del Ministerio Público Fiscal, hizo referencia de haber aceptado dinero en más de una oportunidad y que el mismo le fue entregado por quien comandaba en principio esta asociación ilícita que era Diego Correa por la suma de 100 mil pesos indicó

Por otro lado dio cuenta de las funciones que cumplían los secretarios de la unidad gobernador, Diego Correa y Gonzalo Carpintero, haciendo referencia que el primero se ocupaba más de la parte administrativa y Carpintero de las cuestiones institucionales del Gobernador.

También hizo mea culpa de la hipocresía que existe en la política y sobre todo apunto a los sueldos bajos que percibían los funcionarios públicos en esos momento, indicando que no debería ser así para evitar que ocurra este tipo de situaciones, haciendo referencia a lo que se está ventilando en este juicio oral y público. A modo de conclusión Alberto Gilardino reconoció haber recibido dinero en primer lugar, pero con respecto a la suma que se expresan en la lista no eran coincidentes. Asimismo refirió al momento de su renuncia al cargo de ministro de coordinación de gabinete, haciendo hincapié sobre todo en la entrega de un sobre por parte de su ex secretaria lo cual motivo dicha decisión. El sobre que se dio a conocer a través de los periódicos fue reconocido como el sobre “Bomba” que fue entregado en la honorable legislatura dando inicio a las investigaciones en relación a delitos de corrupción, más específicamente a las causa Embrujo, Revelación y Emergencia Climática entre otras más.

El segundo de los testigos, se trató del arquitecto, Alejandro Bertorini expresidente del Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) reconoció que durante su gestión no envió planilla alguna de obra pública a Diego Correa, ex secretario de la unidad del gobernador. Bertorini dijo ser arquitecto hace 22 años y conocer a todos los imputados. Asimismo detalló cómo funcionaba el organismo del IPV siendo un ente autárquico. Resaltó que él “envió de planillas sería una acción indebida”

La tercer testigo, fue Sandra Torres, contadora del Instituto Provincial de la Vivienda, refirió durante la gestión de Martin Bortagaray, cuando se enviaban las planillas con las órdenes de pago tanto a Martin Bortgaray como a Diego Correa, siendo esto llamativo, como un Instituto autárquico envía esas planillas a un secretario del Gobernador, acción totalmente fuera de la ley. Asimismo reconoció los chats que fueron entregados por ella y que eran enviados a Diego Correa. También dio detales de las planillas con órdenes de pago que eran enviadas a Diego Correa.

De los testimonios recogidos hasta el momento surgió “un detalle no menor, en la época de la gestión al frente del IPV, su presidente Martin Bortagaray, enviaba planillas de órdenes de pago, maniobra que no se volvió a repetir en otras gestiones”.

Fuente: MPF

Diego Luther, actualmente en juicio por la causa “Revelación”, recuperó la libertad al haber cumplido 2/3 de la condena a 5 años de prisión que se le dictó en la causa por corrupción conocida como “Embrujo”.

La Justicia resolvió dejar en libertad a Diego Luthers, condenado a 5 años de prisión por la causa de corrupción conocida como “Embrujo”, al haber cumplido los 2/3 de la pena. Esto lo resolvieron los jueces Alejandro Soñis, Marcela Pérez y Ricardo Rolón este viernes.

Vale remarcar que si bien Luthers recibió la libertad en esta causa, actualmente está en juicio por otra causa de corrupción en la que se lo investiga, “Revelación”.

Los Magistrados hicieron lugar al pedido de los defensores de Luthers, quienes plantearon al Tribunal que además del plazo transcurrido, la pena aún no ha quedado firme. Además, al planteo la Fiscalía no hizo objeciones.

Vale recordar el ex funcionario del Gobierno del Chubut fue hallado culpable de por los delitos de “asociación ilícita; enriquecimiento ilícito y defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la Administración Pública”.

En esta misma audiencia donde se resolvió la libertad, Luthers informó su decisión de capacitarse y de ser posible ampliar sus tareas en la firma en la que venía desempeñándose en los últimos meses con salidas laborales.

De esta forma, el condenado deberá mantener el domicilio fijado y comparecer ante el Tribunal las veces que sea convocado.

La audiencia se realizará el martes 23 de febrero, desde las 9:30 horas. Participarán de la misma defensores, querellantes, la Fiscalía de Estado, la Oficina Anticorrupción y el Procurador General de la Provincia.

En esta tercera instancia, el tribunal de juicio estará integrado por los ministros del Superior Tribunal de Justicia del Chubut, Dres. Mario Vivas y Alejandro Panizzi y el camarista de Puerto Madryn, Dr. Leonardo Pitcovsky.

Los magistrados deberán resolver sobre las impugnaciones extraordinarias interpuestas por los abogados defensores en contra de lo resuelto por la Cámara en lo Penal que confirmó la condena impuesta en primera instancia.

La Defensa Pública representa a Juan Carlos Ramón, Jorge Aníbal Godoy, Daniela Souza, Rubén Reinoso y Diego Lüters; el Dr. Fabián Gabalachis patrocina a Diego Correa y Natalia McLeod, en tanto, Federico Gatica es defendido por el Dr. Javier Patricio Romero.

La audiencia se llevará a cabo mediante el sistema webex y será trasmitida en directo a través de la página de JusNoticias en la red social Facebook.